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L
lezica
02/06/2012 12:22

¿No puedo tener plantas en la terraza?

¿Es válido el acuerdo de la Junta de Propietarios para quitar mis plantas de la terraza?

3.476 lecturas | 5 respuestas

Hola, el martes se convocó una "Junta general de Propietarios" de mi comunidad y no pude asistir.

Recibo hoy un burofax con la notificación de que han decidido que tengo que quitar las plantas que tengo en la terraza "por motivos de seguridad"

"que puede producirse un derrumbe en el suelo del patio"

Quería consultar que validez tiene este acuerdo que además no estaba incluido en el orden del día de la reunión.

¿que pasa si no lo hago? Creo que es absurdo, ¿después dirán que no puedo tener una silla y después que no puedo tender la ropa?

La verdad es que estoy muy molesta y espero que no indefensa.

Necesito orientación sobre el tema.

Un saludo 

Laura

 

 
pfonta
pfonta
03/06/2012 12:01

La terraza es de tu propiedad o de la comunidad?  si es tuya y no representa un peligro real, que te denuncien.

 
L
lezica
03/06/2012 10:45

Gracias otra vez Pepe

Las plantas están en una terraza de unos 50 metros que tiene muro alrededor.El supuesto "grave peligro" es que "podría producirse un derrumbe del suelo del patio sobre el bar situado debajo".

Lo he consultado con personas que se dedican a la construcción y me dicen que es imposible que pase, no entiendo en que se fundamenta su temor o simplemente es fijar más restricciones.

¿cuál sería el uso permitido de una terraza a la que solo puedo acceder yo?

No sé si  también puedo dejarlo así y asumir lo que me comunican al final"en caso de producirse un siniestro sería responsabilidad exclusivamente suya,en caso de que no respetara el acuerdo de la Junta"

La verdad es que había elegido este piso por la terraza, me gustan mucho las plantas y tener que sacarlas me parece muy injusto.

Un saludo

Laura

 
P
PEPE123
02/06/2012 20:51

Bueno, obligarte, salvo que te agarren por el cuello, como que no.

Bromas aparte, la forma de obligarte es denunciarte ante el juzgado por incumplimiento de acuerdos, con los consiguientes gastos judiciales, que pedirían pagaras tú, etc.

Evidentemente hay que intentar no llegar a estos extremos, negociar con tus vecinos cosas razonables, y si no consigues hacerlos entrar en razón, o tienen ellos la razón por la peligrosidad, quita las plantas o las pones en la parte interior de la terraza, donde no exista peligro (por lógica, entiendo que la prohibición es en el poyete).

Lo del plazo de impugnación, no se cuando es tres meses o un año, quizá algún otro forero pueda contestar.

 
L
lezica
02/06/2012 20:34

Hola Pepe

Muchas gracias por contestar.Me surgen dudas ¿me pueden obligar a hacerlo?¿de que forma?

He leído que hay un plazo de 1 año para impugnar ¿es así?¿tengo que hacerlo con un profesional?

Un saludo

Laura

 
P
PEPE123
02/06/2012 20:27

Si no estaba en el orden del día ese tema, el acuerdo es inválido, pero deberá impugnarlo, y mientras tanto se puede aplicar (así es la ley).

Por otra parte, ya sabe que el vivir en comunidad tiene estos inconvenientes, a veces se pretende prohibir todo o casi todo. Otra cosa es que la situación de las macetas sea efectivamente peligrosa, en cuyo caso el acuerdo sería lógico, pero esto es algo que deben acordar entre todos.

 

Fin del hilo
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