Efectivamente no es sencillo (yo escribí que no era complicado).
Como bien dices, el problema es conseguir registrar el nuevo inmueble en el Registro de la Propiedad, con plena validez, a nombre del comprador.
Por eso yo aconsejaba que se hagan las gestiones con un notario, y que éste lo gestione a su vez con el registrador de la propiedad, de manera que sean ellos los que indiquen a la comunidad "como hacerlo exactamente", qué debe ponerse en la convocatoria, cómo debe redactarse el acuerdo en el acta, qué debe hacerse si no asisten el 100% a la junta (lo habitual), etc.etc.