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S
sanjose
13/08/2012 12:34

poner canal deporte sin consentimiento

¿Puedo negarme a pagar una factura de telecomunicaciones no aprobada en acta?

2.900 lecturas | 10 respuestas

Hola buenos dias mi pregunta es la siguiente en mi comunidad un vecino a llamado a una empresa de telecomunicaciones para poner un modulo para poder ver el canal deporte este señor llamo sin que lo sepa el presidente ni los vecinos pero la administradora si lo sabia pues es la que tiene las llaves para poder entrar en el cuarto de telecomunicaciones dicha persona dio las llaves para que lo instalaran sin consultarlo con el presidente ni vecinos, pues yo he hablado con el presidente y vecinos y los da igual todo pues dicha factura era de 300 euros pero cuando an andado en la antena an originado otra de 600 euros. 

Mi pregunta es la siguiente yo me puedo negar a pagar dicha factura pues no esta aprobada en ningún acta.

 
BettyBoop78
BettyBoop78
14/08/2012 16:19

Pues si un vecino quiere módulo de deportes y lo paga de su bolsillo no hay problema.

El problema radica de que no lo paga de su bolsillo sino del de la comunidad, no está presupuestado, no es un gasto necesario... y por tanto puedes decir NO LO PAGO.

Decir el no lo pago significa que ese dinero no pase por la comunidad (que al fin y al cabo tb. es tu bolsillo) y que se pase el gasto entre los comuneros que sí lo quieran...

Que ya lo han hecho??? Como medida se me ocurre (ya que no van a dar vuelta atrás en ese pago) Que en la próxima reunión, por los artículos de la LPH que te he dicho antes y haciendo carta antes de tu malestar al presidente, que para regularizar la situación pacten un pago menor de los vecinos que no quieran ese servicio... o uno mayor de aquellos que sí lo quieren...
Y si no terminan pactando nada... copia del última acta, copia de esa acta en que no se pacta nada...
Y juzgado de paz???

Saludos,

 
S
sanjose
14/08/2012 15:44

Muchas gracias a todos por contestar, estoy cogiendo ideas, haber betty un vecino quería el modulo teledeporte, pero no sabemos quien es por que según la administradora ella tampoco lo sabe, esto es mentira por que ella dio un presupuesto que un vecino dio y que ella luego consintió ponerlo, pero no se dijo nada en la reunión , puesto que había que hacer otras cosas mas importantes como por ejm limpiar depósitos de agua llevan 5 años sin limpiar y arreglar calderines que llevan 2 años averiados y 2 años que en cada reunión que hace dice que va a pedir presupuestos para arreglarlos pero no se hace pero para poner canal deporte no pone pegas la administradora y le consiente al vecino que lo ponga y encima le cubre las espaldas y dice que nos sabe quien ha dado la orden pero la administradora le da las llaves a la empresa que instala los canales para que lo ponga sin consentimiento de nadie.

 
BettyBoop78
BettyBoop78
14/08/2012 14:42

Vamos a ver si yo me aclaro,
un vecino quería un módulo de deportes (supongo que para ver la liga o las olimpiadas) y ahora ha pasado recibo a la comunidad por ponerlo... de 600€

El administrador lo sabía, pero el presidente y los demás comuneros no.
No está aprobado en acta (supongo)

Pero aún así la idea le gustó a todos, menos a usted, y a ellos no les importa pagar pero a usted sí.

Bien... pues haga escrito que firme el presidente (aconsejo tres copias: una para la comunidad, otra para el presidente, y otra por si la tiene que presentar en algún sitio) expresando su opinión con respecto a ello.

Y además acogiéndose al artículo 11 de la LPH:
"Artículo 11

1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.

Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.

3. Cuando se adopten válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedara obligada al pago de los gastos aun cuando su importe exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.

4. Las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario requerirán, en todo caso, el consentimiento expreso de éste.

5. Las derramas para el pago de mejoras realizadas o por realizar en el inmueble serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras."

 

En la siguiente junta de propietarios solicite al presidente, por escrito, punto de orden del día con respecto a este tema acogiéndose al art. 16.2 LPH (apartado 2) "Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al Presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre."

Y que se someta a voto (que por otro lado tiene que ser unánime para el pago por parte de la comunidad) y si no es así, debe de pagarlo los vecinos que quieran ese servicio.

Saludos,

 
S
sanjose
14/08/2012 11:49

Muchas gracias por vuestras respuestas pero como es eso de un recibí por que en mi comunidad no puedes ir directamente al presidente por que luego dice que no sabe nada y que no le han dado nada y tiene que ser todo vía burofax y me tengo que gastar el dinero por que esta gente luego pone lo que quiere en el acta para beneficiarse ellos y no pone lo que yo digo por ejm, yo vote en contra de pagar la derrama del canal deporte y en el acta pone que se aprueba por unanimidad pero asi todos los acuerdos.

 
F
Fixin
14/08/2012 09:57

Por ello, sólo se encontrarán legitimados para impugnar los acuerdos, los propietarios que hubiesen votado en su contra, siempre que esa circunstancia se hubiera reflejado claramente en el acta de la Junta indicado que “han salvado el voto” (Sentencia de la AP Cádiz de 22 mayo 2002).

 
S
sanjose
14/08/2012 09:49

Pero en el acta debe aparecer salvado el voto o solo con poner qe estoy encontra.

 
F
Fixin
14/08/2012 08:54

La LPH, en su art. 18.2, legitima para la impugnación judicial de los acuerdos a los propietarios que “hubieren salvado su voto en la Junta” (Sentencia de la AP Salamanca de 15 abril 2002).

Con anterioridad de la reforma por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, se legitimaba al propietario "disidente", lo que permitió entender que la legitimación se otorgaba a todo propietario que no estuviese conforme con la propuesta. En la actualidad la LPH legitima sólo a los propietarios que "hubieren salvado su voto".

Salvar el voto , según la Sentencia de la AP Asturias de 18 junio 2002 se convierte en garantía de la seguridad jurídica de los propietarios que votan a favor, y que confían en que los presentes que no manifiestan un interés frontalmente contrario a su adopción carecen de interés para su impugnación posterior.

Por ello, sólo se encontrarán legitimados para impugnar los acuerdos, los propietarios que hubiesen votado en su contra, siempre que esa circunstancia se hubiera reflejado claramente en el acta de la Junta indicado que “han salvado el voto” (Sentencia de la AP Cádiz de 22 mayo 2002).

 
S
sanjose
13/08/2012 15:36

me pueden decir que significa salvar el voto. 

Otra cosa me he dado cuenta qe el seguro de la comunidad lleva varios meses sin pagar se lo dije a la presidenta la cual no me ha dado contestacion pero ha llegado uno de los actas diciendo que el seguro esta pagado que quien quiera verlo que fuera a la oficina del administrador pero el problema es que aqui nadie se preocupa por que el presidente se hubiera dado cuenta como yo de que es mentira por que yo tengo los estractos de cuenta y el papel donde dice desde que dia y hora entra en vigor el seguro y cuando cumple , esto ha pasado mas veces pero como dicen que tenemos 3 meses para pagar pero ahora llevamos 4meses o mas. 

 
E
elbonsai
13/08/2012 14:32

sanjose dijo:

Muchas gracias es que no sabia que hacer esperare a la reunion del año que será pronto , pero una pregunta un vecino solo, puede hacer eso es legal?

 

Ni el vecino, ni el administrador son nadie para hacer esa gestion si autorizacion de la junta y menos sin conocimiento del presidente. Pues solo faltaba que cada vecino fuese poniendo cosas a su antojo con cargo a la comunidad. Mi consejo, presentar escrito en el despacho del administrador comunicandole que dado que el vecino a su antojo(, sin acuerdo de la junta, y sin conocimiento del presidente ) ha dado orden de colocación de tal servicio es es responsable del pago de los mismos y ademas dado que el administrador ha sido participe de tal acción es responsable de negligencia por abonar un servicio que ni la comunidad ni el presidente han solicitado. Por lo tanto, mientras la junta no decida que ese servicio sea colocado no se puede pagar con fondos de la comunidad. Recuerdele que si no devuelve el pago , tomara las acciones legales que le asista. Si usted tiene un buen seguro de hogar este le llevara las acciones sin necesidad de gastos.

 
S
sanjose
13/08/2012 13:38

Muchas gracias es que no sabia que hacer esperare a la reunion del año que será pronto , pero una pregunta un vecino solo, puede hacer eso es legal?

 

Fin del hilo
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