25/02/2013 17:29
elbonsai dijo:
El ayuntamiento da luz verde a este proyecto??? y el arquitecto???. Yo al igual que el cometario anterior dudo de su viabilidad. Por otro lado lo que dice MAXQUEFINCAS no es es ajustado a derecho , dado que el vecino en cuestión puede negarse a participar en dicha obra lo que haría que no tuviese acceso al ascensor, lo que quiere decir que no pueden obligarle a participar, por mucho que ustedes quieran. Lo que ni significa que si el proyecto es viable no pueda realizarse , pero ese vecino quedará fuera de la derrama y del servicio del ascensor.
Estimado amigo "Elbonsai" creo que debes actualizar la LPH que está utilizando pues en el art. 17.1 al final del punto se dice claramente: "Los acuerdos válidamente adoptados con arreglo a lo dispuesto en esta norma obligan a todos los propietarios"
Y esto es para todo lo incluido en el punto 1 que al principio del segundo párrafo dice, también textualmente:"El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor,..."
Y en el art. 10 por obras de supresión de barreras arquitectónicas en el punto 5 : "Al pago de los gastos derivados de la realización de las obras de conservación a que se refiere el presente artículo estará afecto el piso o local en los mismos términos y condiciones que los establecidos en el artículo 9 para los gasto generales." que se refiere a la instalación de rampas o elementos mecánicos salva escaleras. La jurisprudencia utiliza este punto para hacer participar de los gastos a todos los propietarios y locales.
Pero como dice "ELENABAZH" ¿ es esto justo? yo solo les se decir que esto es LEY. ¿Es también justo que un propietario que no puede pagar una renta de alquiler, a la segunda se produzca el levantamiento? ¿Es Justo, no es LEY?
Y la mayoría de los que intentamos ayudar en este foro lo tenemos que hacer con la LEY en la mano, aunque algunas veces con la otra estemos apretando nuestro propio corazón. Esto no es un foro de opinión o no debería de ser.
[CITA=elbonsai]
El ayuntamiento da luz verde a este proyecto??? y el arquitecto???. Yo al igual que el cometario anterior dudo de su viabilidad. Por otro lado lo que dice MAXQUEFINCAS no es es ajustado a derecho , dado que el vecino en cuestión puede negarse a participar en dicha obra lo que haría que no tuviese acceso al ascensor, lo que quiere decir que no pueden obligarle a participar, por mucho que ustedes quieran. Lo que ni significa que si el proyecto es viable no pueda realizarse , pero ese vecino quedará fuera de la derrama y del servicio del ascensor.
[/CITA]
Estimado amigo "Elbonsai" creo que debes actualizar la LPH que está utilizando pues en el art. 17.1 al final del punto se dice claramente: "Los acuerdos válidamente adoptados con arreglo a lo dispuesto en esta norma obligan a todos los propietarios"
Y esto es para todo lo incluido en el punto 1 que al principio del segundo párrafo dice, también textualmente:"El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor,..."
Y en el art. 10 por obras de supresión de barreras arquitectónicas en el punto 5 : "Al pago de los gastos derivados de la realización de las obras de conservación a que se refiere el presente artículo estará afecto el piso o local en los mismos términos y condiciones que los establecidos en el artículo 9 para los gasto generales." que se refiere a la instalación de rampas o elementos mecánicos salva escaleras. La jurisprudencia utiliza este punto para hacer participar de los gastos a todos los propietarios y locales.
Pero como dice "ELENABAZH" ¿ es esto justo? yo solo les se decir que esto es LEY. ¿Es también justo que un propietario que no puede pagar una renta de alquiler, a la segunda se produzca el levantamiento? ¿Es Justo, no es LEY?
Y la mayoría de los que intentamos ayudar en este foro lo tenemos que hacer con la LEY en la mano, aunque algunas veces con la otra estemos apretando nuestro propio corazón. Esto no es un foro de opinión o no debería de ser.
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