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M
ma2rte
08/03/2013 20:30

Elegir presidente de una Comunidad

¿Cómo puedo obligar a otro vecino a ser presidente de la comunidad?

4.679 lecturas | 3 respuestas

Hola, soy propietario de un piso donde yo no habito, el edificio tiene 6 vecinos.
A pesar de que no habito allí, me obligaron a ser presidente durante dos años (cada vecino es costumbre estar dos años).
No hay administrador, el presidente hace también de administrador, hay un libro de actas y otro de cuentas.
Ahora ya se han cumplido los dos años y quiero dejar la presidencia, ocurre que al piso que le toca ser presidente son padre e hijo, no quieren ser presidentes, el padre que es el que vive allí, porque dice que tiene una enfermedad y el hijo porque dice que está empadronado en otra ciudad , aunque pasa temporadas con su padre o incluso vive allí, no lo sé exactamente, pero al padre no le deja solo.
Nadie quiere ser presidente.
Me gustaría lo mismo que me obligaron a mi a ser presidente, yo poder obligar a otro.
¿Qué pasos legales tendría que dar? Gracias
 

 
E
elbonsai
08/03/2013 21:03

El cargo de presidente es obligatorio, por lo tanto no es usted quien debe obligar al propietario que le toca a ser presidente sino la junta de propietarios. Para ello usted como presidente debe convocar reunión donde en el orden de día plantea los temas presentación de cuentas( dado que para dejar la presidencia una vez vencido el año del mandato, se debe entregar y someter a aprobación de la junta las cuentas). Otro punto es renovación de cargos, en este punto se explica que siguiendo la practica acordada  le corresponde el turno al propietario X  y ese propietario queda nombrado presidente, viva donde viva. Si ese propietario considera que tiene razones o causas suficientes para no ejercer será el quien deba acudir al juez en un plazo de 1 mes y el juez decidirá si acata o le exime del cargo. Evidentemente eso lleva gastos que ese propietario debe asumir, puesto que como le digo el cargo de presidente es obligatorio. Una vez acordado en junta el cargo del nuevo presidente ( aunque el se oponga el nombramiento debe ser realizado y así debe reflejarse en el acta) usted como presidente saliente ,convocante de esa junta y presidente de la misma redactará el acta que le aconsejo envíe a los propietarios por correo certificado, y que guarde el comprobante del envío para los efectos que procedan. 

 
MAXQUEFINCAS
MAXQUEFINCAS
08/03/2013 21:03

En el art. 13.2 de la LPH se detalla la manera de proceder en el caso que plantea:

" El Presidente será nombrado entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3ª resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
Igualmente podrá acudirse al Juez cuando, por cualquier causa, fuese imposible para la Junta designar presidente de l
a Comunidad."

·Deberán acudir al Juez de Primera Instancia de la localidad donde se situe el inmueble-

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M
magina
08/03/2013 20:54

Hola ,  mira solo decirte. que todo propietario tiene la obligación de ser  de la junta de propietarios sea por orden de pisos sorteo o la forma acordada en su momento, y si este señor no puede por motivos de salud 2 cosas o se es comprensivo dado el caso, o que presente justificante judicial para quedar exento de esa responsabilidad , espero haberte orientado saludos .

 

Fin del hilo
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