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residencialbaladre
residencialbaladre
31/03/2013 17:03

Crear Comunidad de Vecinos con mayoria de casas del Banco

¿Cómo podemos componer la comunidad de una urbanización de 47 casas con piscina comunitaria?

3.612 lecturas | 9 respuestas

Muy buenas,
Os planteo un "problemilla". Somos una urbanización de 47 casas con piscina comunitaria. De las 47 casas, 36 son del banco y las 11 restante de propietarios individuales. Nuestra intención es componer la comunidad, para poder hacer frente a los gastos de mantenimiento. Me gustaría saber que pasos hemos de seguir. Como no, por parte del banco todo son largas y "ya os llamaremos" ó escritos que no reciben respuesta. A fecha de hoy, y tras 3 años, la piscina sigue sin llenarse y por culpa de eso, se está partiendo y se está rompiendo. No queremos "abusar" pero entendemos que hay cosas básicas que deben de asumir. Hemos acudido a un administrador, pero nos presupuesta las gestiones en más de 2500€, y claro, si el banco para pagar cosas mínimas no está disponible, pues para eso, aún menos, por eso hemos decido que para 11 vecinos que somos, mejor gestionar la comunidad por nuestra parte.  Espero que podáis ayudarnos. Muchas gracias.

 
planosalacarta
planosalacarta
03/04/2013 23:43

Gracias por la aclaración!

 
residencialbaladre
residencialbaladre
02/04/2013 02:43

Hola Planosalacarta! Gracias por entrar en la conversación. Conforme vayamos avanzando iré informándote de todo. Espero que pronto pueda darte buenas noticias y más con la ayuda de gente tan cualificada como la de este foro. Un saludo.

 
planosalacarta
planosalacarta
01/04/2013 23:50

Conozco el caso muy similar de un amigo, pero cambiando banco por constructora-promotora. Han decidido llevarles a juicio.

Me gustaría que me confirmaráis si en estos casos, el banco o promotor, solo cuenta como un voto tal como se ha dicho más arriba, o cuenta con la representación de la suma de las cuotas de las viviendas que todavía son de su propiedad. En el caso de mi amigo me dijo que era según esto último y por eso, como tenía la constructora-promotora mayoría, era imposible sacar casi nada adelante.

 
residencialbaladre
residencialbaladre
01/04/2013 22:44

Muchas gracias Maxquefincas! Se que tienes toda la razón, pero es también muy cierto lo que dice Elbonsai. Ahora mismo no podemos permitirnos el pago de un administrador, dado que la cuota será muy elevada, pues solo somos 11 de los 47 que vivimos. Volviendo a mi hilo, ¿ podremos constituir la comunidad y registrarla en el Registro de la Propiedad, aunque el banco no haya venido a la reunión para informar de la constitución de la comunidad? Un saludo.

 
E
elbonsai
01/04/2013 22:19

Entiendo que maxquefincas me lleve la contraria y crea me que lo respeto mucho. Pero veamos , que puede hacer un administrador que no puedan hacer estos vecinos??. Yo me contesto lo que hará será llevarles un dinero que no creo que le sobre. Para empezar el administrador aunque solo sean en la actualidad  11 vecinos viviendo cobrará  por el total de la comunidad que son 47, lo que supone que pagarán  unos honorarios bastante elevados. Y lo que está claro es que el administrador por ser un profesional no va a conseguir que el banco cumpla con sus obligaciones, eso solo lo logrará la comunidad por medio de juicio y para eso no es preciso un administrador sino un abogado. 

 
MAXQUEFINCAS
MAXQUEFINCAS
01/04/2013 20:38

Lógicamente debo llevar la contraria a "Elbonsai". Quizás deban solicitar presupuesto a otro administrador.

De lo que se trata es de constituir la Comunidad de Propietarios tal como dice "antiquo". Los pasos son los siguientes:

Ver el enlace de Constitución de una Comunidad (Fuente: Madrid.org)

Tenga en cuenta que el banco es un único propietario y por lo tanto solo tendrá derecho a un voto.

El administrador conforme al Título Constitutivo que el promotor de la urbanización habrá llevado al registro prepará ese primer presupuesto.

Tengan en cuenta que el banco de primeras no va a pagar y por lo tanto se convertirá en moroso desde el primer día. Por eso le recomiendo que no empiecen con un presupuesto elevado ni con pretensiones que no vayan a poder llevar a cabo. Tendrán que de primeras hacer frente a derramas que compensen la morosidad del banco para poder constituir el fondo de garantía.

Vuelvo a reiterarles que se dejen asesorar por un administrador colegiado y si se consideran con los conocimientos y fuerzas suficientes para iniciar esta aventura les deseo la mayor suerte del mundo y que puedan pronto gozar de esa piscina que seguramente y por coeficiente compraron con toda la ilusión del mundo.

Administraciones Maxquefincas
Máximo Mateo Rentero
Colegiado 9.953 CAF Madrid
C/Parque de Bujaruelo nº 7, 1º A 28924 Alcorcón
Telefono: 917127948/ 699132938

email: adminstraciones@maxquefincas.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
residencialbaladre
residencialbaladre
01/04/2013 19:48

Muchas gracias antiquo por tan rapida respuesta. Entonces, aunque el banco no venga a la junta de propietarios (tras convocarlo legalmente) siendo él mayoria por propiedades, podemos constituir la comunidad??

Un abrazo.

 
residencialbaladre
residencialbaladre
31/03/2013 23:03

Hola buenas.
Por el momento al no estar constituida la comunidad, no tenemos cuenta bancaria, así como tampoco tenemos gastos comunitarios al ser una urbanización de casas adosadas. Solo tenemos una pequeña zona ajardinada con piscina. La zona ajardinada, la limpiamos nosotros, y la piscina, hace 2 años que nadie la toca. Esta sucia y llena del agua de lluvia. El banco no se preocupa de nada. Hasta el momento no se habia movido nada de la comunidad por que solo vivian 2 familias de las 47 casas que hay. Ahora ya somos 11, y queremos ir moviendo cosas. Nuestra intención es crear la comunidad para ir exigiendo el pago de forma legal para reparaciones comunes, pero desconocemos si podemos crear la comunidad "sin el consentimiento" del banco, aún así vamos a notificar al mismo mediante burofax la convocatoria de la reunión, para que haya "intencionalidad por nuestra parte", la duda que tenemos es ¿podemos ir al registro de la propiedad a dar de alta la comunidad aunque el banco no haya venido a la reunión? Gracias por el interes.

 
E
elbonsai
31/03/2013 21:26

Si será mejor que no metan administrador en tanto y cuanto no paguen todos.  Primero acudan al registro de la propiedad para que le faciliten todo lo que hay en el mismo sobre su comunidad, estatutos, coeficientes, en fin todo. Sería interesante que nos contase algo mas de su comunidad, por ejemplo, si tienen cuenta comunitaria, como pagan el resto de gastos de la comunidad, juntas etc etc

 

Fin del hilo
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