Buenos días,
quería realizar una consulta que no he sido capaz de resolver sobre las obligaciones (o no que) tiene el presidente la comunidad.
Desde hace unas semanas, han alquilado el piso que se encuentra bajo el mio.
Los nuevos inquilinos se han puesto a realizar obras, lo cual no me sería ningún inconveniente si no fuera que las comienzan a realizar a partir de las 10 de la noche hasta las dos de la madrugada o así.
Les probé a llamar un día para decirles que hicieran el favor de realizarlas a otras horas ya que tenemos un bebé y cuando ponen el taladro o dan golpes lo despiertan. Además mi mujer y yo nos levantamos a las 5 de la mañana.
Las veces que fui a llamarles no me abrieron, así que decidí ponerlo en conocimiento del presidente.
El presidente me contestó textualmente que este era mi problema y que si me molestaba me peleara yo con los nuevos vecinos.
Mi intención era que el presidente les llamara la atención verbalmente o por escrito, y en caso de no surgir efecto que se tratase el tema en una junta para proceder a poner algún tipo de demanda/queja.
Mi duda es, ¿entra dentro de las funciones del presidente tomar algún tipo de partido en este tipo de problemas?, ¿está omitiendo alguna responsabilidad al decirme que "ese es mi problema"?, ¿puedo poner una queja formal contra el presidente por omitir estas funciones?... ¿o por el contrario no forman parte de los deberes de un presidente de la comunidad?.
Por último, ¿queda recogido en alguna ley que el presidente tenga o no obligación de "gestionar" este tipo de problemas?.
Muchas gracias a todos de antemano.