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J
Juanphys
25/07/2013 16:12

Deuda comunidad

¿Pueden reclamarnos una deuda de la comunidad si el anterior propietario asumió la obligación de pago ante notario?

1.955 lecturas | 1 respuestas

Hola,

Acabamos de comprar un piso y en el momento de escriturar se nos indicó que se iba a modificar la escritura inicial para hacer constar que adquiríamos libre de cargas y que el anterior propietario asumiría la deuda pendiente en 15 días naturales.

Por la ley de PH veo que en principio "solo" se nos podría reclamar el año en curso y el anterior, pero ¿sabéis sí se nos puede reclamar esta deuda habiendo asumido el anterior propietario la obligación de pago ante notario? Lo pregunto porque el plazo le vence en un par de días y aún no ha abonado la deuda a la comunidad.

Entiendo que en cualquier caso las propias escrituras nos dan una base legal para reclamar el pago.

Gracias anticipadas

 
J
Juanphys
25/07/2013 18:07

Hola, gracias por responder. En realidad ya cobraron en cheque y a partir de entonces tenían 15 días para pagar la comunidad, cosa que no han hecho aún.

 

Fin del hilo
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