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erboqueron
26/07/2013 14:51

Obras en fachadas sin previo acuerdo de los vecinos

¿Es legítimo realizar obras sin aprobación de presupuesto en una comunidad de vecinos?

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Somos una comunidad de unos 50 vecinos, desde unos 4 años hablamos de la necesidad de acometer obras en fachada sobre todo en sanear los aleros agrietados que suponen un peligro de seguridad según ley art. 10 LP.H. y que por este fin sería conveniente de ahorrar dinero. Nunca se ha decido sobre la naturaleza de dichas obras. La presidenta junto con el administrador ha decidido de contratar una empresa, conocida por parte del administrador de fincas. No contando con otros presupuestos se firmo un contrato y los propietarios fueron informados por medio del tablón de anuncio con un día de antelación al comienzo de las obras, es cuando nos enteramos por primera vez que se van a cometer dichas obras que nos cuesta unos 15.000 euros. El administrador alega la justificación de la obra con el (art. 20c Ley de Propiedad) excusándose con “la urgencia” de la obra. Y por eso no es necesario la aprobación del presupuesto en una junta. No compartimos este argumento dado que el contaba con el presupuesto unos tres meses antes del comienzo de la obra, tiempo suficiente para convocar una reunión extraordinaria para su aprobación y pedir otros presupuestos. Tampoco comparto la supuesta urgencia de la obra, admito que el peligro de un desprendimiento de trozos del alero está ahí, pero no creo que esto legitime a la presidenta de tomar decisiones de este alcance sin contar con el consentimiento de los vecinos. ¿Se considera esta medida urgente habiendo pasado tres meses desde la entrega de un único presupuesto? ¿Que opina Ud.? ¿Que podemos hacer? ¿Existen sentencias sobre este tema?

 

Fin del hilo
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