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helen33
29/11/2013 19:03

delcaracion renta

¿Qué obligaciones tienen las comunidades en cuanto a declaraciones a partir del 1-01-2014?

2.487 lecturas | 7 respuestas

He leido que a partir del 1/01/2014 las comunidades estan obligadas a declarar.  He visto que si se hace alguna reparación, obra... por importe superior a 3000 euros hay que presentar un impreso (347 creo), A esto se refiere con lo de declarar o hay algo más que declarar?

Mi comunidad es bastante pequeña y no tenemos contratado nada salvol os suministros habituales tipo mantenimiento ascensor, agua, luz......

Un saludo

 
P
PEPE123
01/12/2013 00:10

La contabilidad de la comunidad la puede cerrar cuando quiera.

Pero el modelo 347 es el volumen de negocio de un año natural, del 1 de enero al 31 de diciembre. Hacienda no entra en sus problemas administrativos.

 
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helen33
30/11/2013 19:52

Dejelo ha debido ser un malentendido.

Gracias por su respuesta.

Ahora sólo tengo que averiguar si puedo cerrar el ejercicio en diciembre y empezar en enero un nuevo ejercicio porque la contabilidad de mi comunidad va de septiembre a agosto porqque es cuando se consitituyo.

 

pasacero dijo:

helen33 dijo:

He leido que a partir del 1/01/2014

 

La respuesta es que SI. Modelo 347

Lo que no se, es lo que dice que ud no entiende.

Ahora el que no entiende lo que quiere preguntar, soy yo.

Formule la pregunta de otra forma, a ver si nos entendemos.

 
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helen33
30/11/2013 16:40

Yo no critico a nadie. Simplemente formule una pregunta, si me la quieren contestar bien y si no pues también bien.

La respuesta de Pasacero simplemente me parecio fuera de lugar porque yo no pedi consejo y en cualquier caso, el consejo que me da tampoco tiene mucho sentido: . Administrador colegiado puede ser una persona que tenga la carrera de filosofia ¿a caso es mejor administrador y esta mejor preparado que un contable?.

De verdad es que no entiendo su respuesta, la verdad.

MIGUELSERCOS dijo:

Hola.

Helen33; no se sorprenda. Si consulta el histórico, verá que se aprovecha la más mínima oportunidad para poner "verdes" a los Administradores y echar sobre ellos toda la inmundicia habida y por haber... repitiendo viejas historias; algunas demostradas y la mayoría no contrastadas o sin pies ni cabeza, tergiversadas, sin ningún fundamento o directamente inventando otras nuevas.

Y en caso de no tener oportunidad para ello, pues aprovechan incluso una pregunta sobre la cría de la garrapata coja albina en cautividad para "meter a calzador" cualquier comentario despectivo sobre los Administradores.

Un saludo.

Editado por MIGUELSERCOS 30/11/2013 15:03  

 
H
helen33
30/11/2013 12:20

 

Respecto a Pasacero informarle que hata donde yo se no hay ningún sitio en la Ley de Propiedad Horizontal que obligue a contratar un administrador. Perfectamente el presidente puede llevar una contabilidad de una comunidad de 6 vecinos en la que para mi simplicifidad no  hay ni portero, ni piscina, ni jardines ni nada de nada salvo los suministros habituales y aun habiéndolo, si el prsidente se ve capacitado y no cobra ¿que problema hay?.

En el caso en que decidiera contrata un administrador me preocupa más que sus honorarios, que sea legal, honrado, transparente y haga bien su trabajo sin tener que estar todo el día encima suyo. Algo tan sencillo como esto, a veces es dificil encontrarlo.

pasacero dijo:

helen33 dijo:

Mi comunidad es bastante pequeña y no tenemos contratado nada

 

 Que valla pensando en contratar un profesional que administre su comunidad, si no quiere tener problemas con hacienda.
Y procure que sea de los que tienen altos los honorarios, para que tengan más garantía de que lo hace bien.
 

 
H
helen33
30/11/2013 12:19

Muchas gracias Adagestión. Entonces es lo que yo habia entendido. Ahora solo me queda averiguar como tengo que contabilizar porque en mi comunidad el ejercicio es partido ya que va de septiembre a agosto del año siguiente coincidiendo con el cambio de presidencia. Esto es así porque la comunidad se consitituye en estas fechas y parece ser que ahora la ley exige la contabilidad de enero a diciembre para decalrar en febrero del año siguiente.

 
ADASgestion
ADASgestion
29/11/2013 23:34

Comunidades de Propietarios deberán presentar modelo 347 para informar a Hacienda sobre sus operaciones con terceras personas que superen 3.005,06 €/año

http://www.boe.es/boe/dias/2013/10/26/pdfs/BOE-A-2013-11216.pdf

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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helen33
29/11/2013 19:26

Disculpa pero no entiendo tu respuesta

 

Fin del hilo
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