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resmar
01/02/2014 16:34

ley de proteccion de datos

¿Qué hacer con la documentación de la comunidad que contiene información sensible?

1.548 lecturas | 2 respuestas

Hace unos días que soy presidente de mi comunidad y me acaban de dar toda la documentación. El anterior presidente me dijo que ni la había mirado por que al verla me quede a cuadros.                                                                                              Falta mucha relativa a la comunidad como el informe de la ITE y hay cosas como fotocopias de declaraciones de la renta de algún vecino y de sus escrituras.              Al pedir una explicación al susodicho dijo que era de una subvención solicitada hace años y que como nadie le pidió la documentación de regreso pues esta ahí " y que se puede necesitar para el futuro".

Conservarla o hacer uso de ella ¿cuantos delitos conlleva?...

 

 

 

 
Adminfergal
Adminfergal
04/02/2014 12:28

Buenos días.

Es el R.D. 1720/2007 del Reglamento de desarrollo de la Ley Organica de protección de datos 15/1999 que le habla de este tema. 

Concretamente el artículo 8.6 dice "Los datos de carácter personal serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual hubieran sido recabados o registrados. No obstante podrán conservarse durante el tiempo en que podrá exigirse algún tipo de responsabilidad derivada de una relación u obligación jurídica, ejecución de contrato o de la aplicación de medidas contractuales solicitadas por el interesado".

Deberán de ser prudentes a la hora de publicar datos privados de los propios vecinos. Si Vds. en su momento solicitaron subvenciones y esta ya se ha realizado y se ha conseguido el objetivo previsto, deberán hacer desaparecer dichos datos personales. Cuando vayan a solicitar otra subvención u otro tipo de solicitud dichos datos ya no le valdrán ya que toda esa documentación de Impuesto sobre la renta, etc. deberán actualizarla. El histórico que tenga no les valdrá.

Mi recomendación es que si dicha documentación ya no es pertinente deberán deshacerse de ella. No debe pasar dicha documentación de Presidente a Presidente y que todo el mundo tenga acceso a la misma.

Con relación a las posibles multas que se dan por publicar datos, le puedo decir que la Agencia de Protección de datos ha puesto multas hasta de 6.000 euros por hacer "públicos" datos privados de los vecinos. 

Un cordial saludo.

Miguel.

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
jesus.garcia.ramirez
jesus.garcia.ramirez
01/02/2014 17:46

Estimados Sr,

Por partes, la  documentación de la ITE la puede conseguir, mediante la solicitud de una copia al ayuntamiento o Junta de Distrito de su ciudad.

Respecto a las escrituras y declaración de la renta de uno de sus vecinos, mi recomendación es que contacte con el titular y se los devuelva. Pero revise bien las escrituras a ver si lo que usted tiene es la división horizontal de su inmueble

Respecto a la subvención, como cualquier documentación fiscal prescribe a los 5 años a menos que en el acuerdo de la concesión de la subvención diga otra cosa,

Saludos

Jesús M. García Ramírez
Administrador de Fincas
C/ Alberto Aguilera, 35-Of. S5 28015 Madrid
Tf: 910259402 - Fax: 914356251
jesus.garcia@dosges.net
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