No.
Deberán de llevar un libro de actas con los acuerdos de la Junta de Propietarios.
Deberá estar diligenciado por el Registrador de la Propiedad según el artículo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal y el artículo 415 del Reglamento Hipotecario.
Un cordial saludo.
Miguel.