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torrentaco
14/02/2014 10:16

Seguro Comunidad

¿Cuál es el plazo para informar del precio de renovación de los seguros de Comunidad?

2.061 lecturas | 3 respuestas

Los seguros de Comunidad, qué plazo tienen para informar del precio que vendrá en la renovación

Pensaba que 2 meses antes de cumplir, informaban, igual que 2 meses antes, yo tengo la obligación de anunciar la baja

La carta a la compañía de seguro, ha de ir firmada por el presidente o por el Administrador ?

 

saludos 

 
Adminfergal
Adminfergal
14/02/2014 12:46

Hola.

Si vds. han sido avisados con posterioridad al plazo de dos meses de la subida del Seguro, con la misma razón vds. podrán cancelar el mismo en el momento que reciban la carta. Estará justificada la entrega posterior a la fecha máxima cuando ellos también han incumplido la norma. No obstante le pediría que se leyera las cláusulas especificas del contrato para ver lo que poner en ese apartado que firmaron vds.

Con respecto a la firma, ya se lo he contestado en mi mensaje anterior. Si el tomador del seguro es la comunidad, será el Presidente quién deberá firmarla. Otra cosa es que el Administrador la envíe a la entidad aseguradora.

Un saludo.

Miguel.

 

 

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
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torrentaco
14/02/2014 12:28

Este es el punto que me interesaba

¿Se puede cancelar el seguro si no se está conforme con la subida de la cuota del próximo año?: Las aseguradoras suelen utilizar la picaresca y suelen informar de los nuevos precios fuera del plazo de los dos meses de preaviso. Al estar fuera del plazo, se aseguran de que más de uno de sus asegurados no pueda darse de baja. No tendremos más remedio que esperar a los dos meses de antelación al vencimiento del seguro del próximo año.

Por otra parte, quién debe firmarlo? el presidente o el administrador ?

 

Saludos y gracias por el enlace

 

 
Adminfergal
Adminfergal
14/02/2014 11:59

Buenos días.

La ley de contrato de seguro, dice efectivamente que debe ser dos meses antes del vencimiento de la póliza.

Quien debe de dar de baja el seguro es el tomador de la misma. Entiendo que el Seguro se habrá hecho a nombre de la comunidad, por lo tanto el Administrador deberá avisar al Presidente para que pase a firmar la carta de cancelación de la póliza.

Le mando un link que he encontrado en internet que le puede servir de referencia.

Un cordial saludo.

Miguel.

http://www.libremercado.com/2012-12-28/como-darse-de-baja-de-un-seguro-correctamente-1276477949/

 

Miguel Fernández
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