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rosa1972
19/02/2014 19:01

obligada a hace comunidad de propietarios?

¿Estoy obligada a constituir una comunidad de propietarios y obtener la cédula de habitabilidad en una finca donde solo vivo yo?

1.256 lecturas | 2 respuestas

Buenas,

A ver si alguien me puede ayudar con unas cuestiones;

Vivo en una finca construida el año 70. En el 2004 se hizo una división horizontal y paso a dividirse en 3 pisos y un garaje. En el 2006 compre uno de los pisos y ahora en el 2014 estoy en batallas con la Caixa para intentar una dación en pago, lamentablemente como miles de personas en este país.

Cosa que esta bastante difícil ya que tengo un aval que es mi madre, y claro esta, que con esa garantía el banco tiene la sartén por el mango y lo tengo muy complicado, pero aun así, me han solicitado un sinfín de documentación, entre ellas la cédula de habitabilidad y el certificado o recibo de la comunidad de propietarios.

Cabe decir que al comprar el piso hable con la otra propietaria para constituir la comunidad, cosa que se negó en redondo alegando que solo éramos dos y que para que íbamos a hacerla y gastar ese dinero, a lo que le recordé que estábamos obligadas y que si no la denunciaría, pero aun así ella siguió en sus trece y yo por evitar mas enfrentamientos aparque el tema.

Hasta hoy, que el banco me lo exige y le importa tres pitos que la otra propietaria pase del tema.

Mi pregunta es, estoy obligada a hacer una comunidad teniendo en cuenta que en el resto de la finca no vive nadie, solo yo ???

Y es posible que sea obligado la cédula de habitabilidad, teniendo en cuenta que la finca es del 70 y la ley que exige la cédula es posterior??

Si alguien tiene una respuesta, solución o orientación sobre esto , estaría muy agradecida.

 

Gracias anticipadas

 
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rosa1972
20/02/2014 11:24

Buenas,

 

Gracias por la respuesta.

Si no lo he entendido mal estoy obligada a tener las dos cosas, independientemente el banco acepte la dación o no.

Bueno pues voy a buscar a alguien en Tarragona, que es donde vivo, que me pueda asesorar para conseguirlos.

Nuevamente muchas gracias por la respuesta

 

Saludos

 
Adminfergal
Adminfergal
20/02/2014 01:33

Hola.

Su vivienda está acogida al Régimen de Propiedad Horizontal porque existe en tu bien elementos comunes, tales como cimientos, pilares, tejado, escaleras etc... y elemento privativo como tu vivienda sobre la que tienes un derecho de propiedad privada. Tu casa esta en régimen de propiedad Horizontal debiendo de aplicarse el artículo 396 y la ley de propiedad Horizontal en los referente a partes privativas, elementos comunes, y derechos y obligaciones reciprocas de los comuneros, como establece el artículo 2 de la citada ley.

Con respecto a la cédula de habitabilidad, esta fué creada por la orden del 16 de marzo de 1.937 y decreto de 23/11/1940.

Con respecto a su situación con el banco tengo que decirle que lo siento, pero si tiene que dar su piso en dación en pago y le exigen estos documentos le recomendaría que los consiguiera. Tendrá que hablar con una gestoría que lleven ambos temas y le puedan ayudar con la documentación necesaria.

Suerte.

Saludos.

Miguel

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
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