En mi comunidad hemos tenido un caso parecido, si puedes justificar contrato de alquiler o algún documento legal que acredite tu estado en la vivienda, no pueden negarte el acceso a zonas comunes del edificio (como el cuarto de contadores / comunicaciones), para tramitar el servicio telefónico, independientemente del estado en el que se encuentre el propietario de la vivienda con la comunidad.
Otra cosa es que pese a esto, te sigan denegando el acceso, que tocara reclamarlo judicialmente.
Por lo menos en nuestra comunidad con el asesoramiento de un administrador / abogado, fue así.
Un saludo.