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I
Inna23
28/10/2014 23:06

Modificación de estatutos.

¿Puedo utilizar el ascensor con mis perros y mi discapacidad?

2.010 lecturas | 3 respuestas

Buenas noches:

Me dirijo a ustedes ya que en mi comunidad de vecinos se pretende regular las normas de convivencia, prohibiendo a que los perros y las bicicletas puedan utilizar el ascensor.

Vivo en un segundo, tengo dos chihuahuas y una discapacidad del 35%, por lo que he pensando presentar el siguiente escrito el día de junta.

"" Nosotros ---------------------------- como propietarios corrientes de pago de una vivienda perteneciente a esta comunidad vecinal, nos comprometemos con buena fe a seguir llevando una convivencia pacífica, al uso correcto de las zonas comunes y ha contribuir con su buen mantenimiento tal y como lo hemos hecho hasta el día de hoy.

Para ello nos comprometemos a esperar a que el ascensor esté vacío para poder utilizarlo con los perros. Y ha abandonarlo en el mismo estado en el cuál no los encontremos.

No obstante no estamos dispuestos a que se coarte ninguna de nuestras libertades como propietarios y  repito, corrientes de pago, y estamos preparados para recurrir al amparo de la justicia si estas nos son vulneradas.

Entendemos que las normas de convivencia se han de regular en base a la buena fe y al civismo y no en prohibiciones que vulneran las libertades de las personas.

Aporto original y copia para su cotejo del certificado de discapacidad del cual soy poseedora. 

Nosotros""

¿Podeis decirme que posibilidades tengo de que se me respete? teniendo en cuenta que lo de la carta es cierto, nunca hemos tenido ninguna queja de nuestros animales y con mi minusvalía hay días que me cuesta levantarme de la cama, que decir de subir y bajar escaleras.

 

Muchísimas gracias

 
P
PEPE123
30/10/2014 17:46

No, pasacero, no hay que hay que acudir al juzgado.

Es justo lo contrario, como bien dice Fixin. Si la comunidad no está de acuerdo que sea la comunidad quien vaya al juzgado a denunciarle por incumplir una norma de régimen interno contraria a la ley.

Así se soluciona un problema del que muchas veces se queja la gente, que ante los abusos de la comunidad, la única alternativa es denunciar a la comunidad. Eso se llama "darle le vuelta a la tortilla"

 

 
F
Fixin
30/10/2014 09:57

No pueden prohibirle subir con sus perros en el ascensor siempre y cuando lo haga como le indica la ordenanza.

Si por mayoría aprueban esa norma, vote en contra y siga subiendo con sus perros.

 
I
Inna23
29/10/2014 12:17

Acabo de leer en la ordenanza municipal de mi municipio el siguiente artículo y cito textualmente.

"La subida o bajada de animales de compañía en aparatos elevadores o
ascensores se hará siempre que no coincida con la utilización de aparato por
otras personas, salvo que éstas no muestren inconveniente o se trate de perros
lazarillos."

Entiendo que lo que se vote en una junta de vecinos no puede ir en contra de una ordenanza municipal, ni pueden inventar normas en aras del agravio de una minoría.

Hemos consultado a un abogado y estamos preparados, normas asi se tienen que adoptar por unanimidad y mi voto ya lo saben.

Gracias de todos modos por responder

 

Fin del hilo
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