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gabiser
07/09/2015 19:26

normativas sobre ser presidente o presidenta

¿Se puede obligar a una persona de 85 años con minusvalías a ser presidenta de comunidad?

1.621 lecturas | 4 respuestas

hola buenas tardes mi pregunta es la siguiente .se puede obligar a una persona de 85 años a ejercer de presidenta de comunidad con minusvalias estando el piso alquilado a otras personas por no poder encontrarse ella sola teniendo que estar con sus hijas tras negarse aser presidenta le an puesto una penalizacion al año de 200 euros y le an comunicado que pagara 200 euros los años restantes  muchas gracias por favor alguien que me pudiera informas

 
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2000MU
08/09/2015 20:01

nadie puede negarse a ser presidente

como le han dicho deberia haber realizado escrito al juez en el plazo de 30 días, no se si estarán en ese plazo

 

niegese en redondo a pagar sanción alguna es totalmente ilegal a no ser que conste en los estatutos

yo escribiria una carta al administrador indicando que dado que la ley le obliga a ser presidenta asi sera.

pero ahora viene lo que tiene que hacer, que es no hacer nada.

a las reuniones no es obligatorio asistir

cuando la llamen para algún problema, está en la cama mala

ostentqar la presidencia no es tan complicado, porque hoy día todo lo hace el administrador

siga nuestro consejo, y por favor no pague nada (pero primero mire los estatutos) si el administrador le dice que se aprobo en junta le dice que ni venía en el orden del día y que la comunidad no esta capacitada para ejercer sanción alguna

 

 
G
gabiser
08/09/2015 18:17

hola buenas tardes quisiera daros las gracias por la respuesta me a sido de mucha ayuda  un saludo

 
ADASgestion
ADASgestion
07/09/2015 23:06
Respecto a la penalización a no ser que este recogido en estatutos, no deberá pagarlo
Lo podrá indicar el el escrito al Juez
Por otra parte aún estando en los estatutos y el juez sentenciase ese pago, sería como mucho por un año, que sería el tiempo a transcurrir hasta una nueva elección de cargos.
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
ADASgestion
ADASgestion
07/09/2015 23:01
Hay que ser un poco responsables. Si tocaba a esa sra la presidencia por turno... u otro motivo, lo normal es elegir otro propietario para ese cargo, dadas las circunstancias
Si la comunidad NO quiere reconsiderar esa elección ella podrá solicitar al Juez su relevo al mes del nombramiento
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