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F
finacg
09/11/2015 17:22

palaza de parquing que no existe.

¿Quién debe asumir el coeficiente de la plaza de parking inexistente en una comunidad de propietarios?

1.568 lecturas | 3 respuestas

Buenas tardes,

En una comunidad de propietarios en la divison horinzontal, nos dice que hay nueve plazas de parquing,  ademas  6 viviendas y un local, pero en la realidad solo hay ocho plazas de parquing.

Se intento arreglar en su momento pero debido a la dificultad no se pudo hacer.

Mi pregunta es, el coeficiente que corresponde a la plaza no existente quien lo debe asumir, solo el resto de la  plazas de parquing?.

Gracias

Fina

 
B
Borni1974
11/11/2015 14:39

Pues depende de cómo se están pagando los gastos en la actualidad.

Si tanto los gastos de la parte relativa a las viviendas como los relativos al garaje se pagan de forma conjunta, con el coeficiente que a cada propiedad le corresponda, sería lo lógico, repartir esa plaza entre todas las propiedades.

Si por otra parte, los gastos relativos a las  viviendas van por un lado y los relativos al garaje van por otro, lo lógico sería repartir esa plaza entre los propiestarios de las otras plazas de garaje.

Actualmente supongo que ya lo estáis haciendo de alguna forma, o se quedan sin pagar los gastos que corresponden a esa plaza. Lo lógico sería pagar los gastos del garaje entre los 8 propietarios del garaje y los gastos de la vivienda entre los 6 propietarios de la vivienda y el local, en la parte que le aplique, cada uno con las cuotas de participación que tenga asignadas.

 
F
finacg
10/11/2015 15:09

 

 

Hola, el reparto debera ser entre solo las plazas de parquing. O entre viviendas, local i plazas parquing?

Gracias

Finacg

 

 
B
Borni1974
10/11/2015 11:48

Si como dice el comentario anterior, no ha habido ninguna agregación, sino que se trata de un error en la declaración de obra nueva, habría que ver cómo tenéis repartidos los gastos entre todas las propiedades, si en común o separando garaje y viviendas.

En cualquier caso, lo lógico sería repartir esa cuota proporcionalmente, ya que todas las cuotas de participación no sumarán 100 en la actualidad. Si por ejemplo, las cuotas suman 91, cada uno tendrá que dividir su cuota asignada entre 91 y multiplicarlo por 100, así, la suma de todas los cuotas será 100. Por supuesto, este acuerdo deberá ser aprobado en junta y reflejarse en acta, estatutos o similar.

 

Fin del hilo
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