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J
jvilgal1974
16/01/2016 18:25

DUDA

¿Puede demandarse a la Junta Directiva o a un propietario por otro asunto después de haber sido demandado por un accidente en la propiedad?

2.854 lecturas | 8 respuestas

Buenas tardes que ocurre si un vecino que pertenece a la Junta Directiva de una Comunidad de Propietarios, tiene un accidente con un elemento de la propiedad, él da parte a su seguro la comunidad arregla la puerta, a este vecino se le demanda porque su seguro no quiere pagar todo, y en el juicio la juez, dice que la pericial más ajustada es la del vecino demandado que este tiene que pagar lo que ofrece su seguro, habiendo una diferencia entre lo pagado por la comunidad y lo dictaminado por el juez.

Se que a no se le puede demandar otra vez por lo mismo, pero al haber estado en la junta Directiva se le puede volver a demandar a toda la Junta. La obra la realizo la empresa con la que se tenía contratado el manteniento y se pago lo que dijo la empresa que realizo la obra, además la junta tomo acciones por seguridad que hubo a gente que no le gusto pero no se querían más problemas.

Se puede demandar a esa Junta o a ese propietario que dice que el se atiene a lo que dicto la juez en la sentencia, por otra cuestión

 
J
jvilgal1974
16/01/2016 18:52

Vamos a ver un vecino propietario tiene un accidente con su coche contra la puerta de garaje, y en el momento del accidente este vecino formaba parte de la Junta Directiva de la comunidad, al ser un accidente que afecta a la entrada del garaje se decide llamar a la empresa que hace el manteniento que se ponga a arreglar la puerta, para ello se tiene que dejar la puerta levantada sostenida con unos puntales, para que los vecinos saquen lo coches y posteriormente se cierra para acometer la obra.

La obra cuesta un dinero y el seguro del vehiculo accidentado oferta menos cantidad porque le parece muy caro, ante esto se dedice llevar al propietario a juicio y la juez dictamina que la cantidad a percibir la comunidad es la que oferta el seguro del accidentado.

En la Junta extraordinaria se dedice que se puede volver a demandar al propietario para que el pague la diferencia, pero eso legalmente no se puede hacer.

Mi pregunta es, se le puede demandar a la junta por alguna irregularidad o al vecino en cuestión se le puede hacer algo, muchas gracias

 

 

Fin del hilo
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