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ARV1
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14/09/2022 15:50

Prevención de riesgos laborales en comunidades de propietarios

¿Es obligatorio el certificado de prevención de riesgos laborales anual?

2.463 lecturas | 7 respuestas
Hola buenas tardes.
En nuestra comunidad el administrador nos impone un certificado de prevención de riesgos laborales anual aunque no tenemos trabajadores a cargo vía nómina. Sí tenemos contratado a empresas, la limpieza, el mantenimiento de ascensor y extintores.
Estamos obligados a hacer ese certificado cada año como nos pide (300€). Nos saca una sentencia de Barcelona de 2017 donde se condenó a la comunidad y a la empresa de limpieza por accidente laboral.
Sé que hay otras sentencia en sentido contrario pero no las hallo. Alguien me las podría facilitar?
Qué me podéis decir de ésto, es obligatorio, es un abuso?
 
ARV1
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28/09/2022 11:08
Gracias por su contestación, pero el administrador se agarra a una sentencia de un tribunal de 2017 donde hace solidaria la responsabilidad de la empresa de limpieza con la comunidad de propietarios. Y sé que hay otras sentencias que dicen lo contrario. Por ello quiero presentar en la junta, que si ella trae una sentencia yo tengo tres o seis que lo contradicen. Aquí se ve que hay negocio entre ellos, administrador y empresas que se dedican a hacer estos certificados. Además pretende cobrarlo cada año. Necesito esas sentencias que en SEPIN las tienen. Muy agradecido por su respuesta.
Editado por ARV1 28/9/2022 11:28
 
B
Borni1974
28/09/2022 10:39
Una comunidad de propietarios no se considera un centro de trabajo, ya que ni pertenece a una empresa ni su fin es la realización de actividades económicas, de modo que la legislación de aplicación a los centros de trabajo no sería de aplicación a una comunidad de propietarios y por lo tanto no tiene ninguna necesidad de contratar nada con ningún servicio de prevencion.
En el caso de que se vaya a realizar una obra de construcción, sí sería de aplicación el RD 1627/1997 de obras de construcción, donde la comunidad de propietarios actuaría como promotor.
 
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15/09/2022 14:08
Ninguna referencia a mi consulta. Nadie puede acceder a las sentencias de SEPIN en temas de prevención de riesgos laborales.
 
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14/09/2022 22:17
No me fío. No nos fijamos porque ya tenemos experiencias negativas hasta el extremo de echar a dos por meter la mano vía inflado de precios y posibles comisiones entre industriales y ellos mismos.
Los colegios son sindicatos al servicio de sus intereses y si pueden favorecerlos, no lo dudan. En fin, no es el tema de mi consulta.
Alguien puede facilitarme esas sentencias? Porque en eso se basa este señor en una sentencia cuando hay otras en sentido contrario, pero las necesito.
 
ARV1
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14/09/2022 21:30
No es que no me fío, es que no hay nada claro. El que me muestre una sentencia de un tribunal donde condene solidariamente a la comunidad como a la empresa de la empleada no sienta jurisprudencia al no ser del T. Supremo y más cuando hay otras sentencias en sentido contrario. Por ello busco esas sentencias.
Los colegios de administradores son órganos corporativo y vinculados a sus afiliados (administradores, que pagan sus cuotas) no me van a defender a mí, eso lo tengo claro. Y sobre que aquí hay un negocio entre estos profesionales, lo supongo.
El que nos haga firmar un documento, sobra, ya lo incluirá en el acta de la reunión. Sobre que lo dice en la junta y así se exime de responsabilidad es amenaza preventiva y generar miedo entre los propietarios para atender su petición, mandando a la empresa amiga para sacar tajada.
Alguien tiene acceso a esas sentencias?
 
ARV1
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14/09/2022 19:32
Te agradezco tu contestación pero me parece muy raro que siendo una ley de 1995 y con ese decreto de 2004, no sea hasta ahora 2021 ( cuando lo dijo el administrador) lo aplique. Sin duda es para sacar dinero y la web que me rediriges es parte interesada en hacer este tipo de papelitos, por lo que no es imparcial.
En SEPIN ( no tengo acceso) hay sentencias que fallan en contra de los demandantes por accidentes. Alguien del foro tiene acceso para ver esas sentencia y poder ver los fallos de esas sentencias?. Sí a mí me enseñan una sentencia condenatoria de una comunidad, también hay sentencias en sentido contrario. Ésta es la idea.
 
carolinevega
carolinevega
14/09/2022 18:59







https://www.iesa.es/comunidades-de-propietarios/la-ley-obliga-a-las-comunidades-de-propietarios-a-protegerse-de-los-accidentes-que-puedan-sufrir-sus-proveedores/

Las Comunidades de vecinos que no tienen trabajadores y que externalizan servicios como la limpieza, la vigilancia o el mantenimiento a terceros. En ese caso, están obligadas, según el Real Decreto 171/2004, a comunicar los riesgos y las medidas preventivas y de emergencia que rigen en el edificio para cumplir la PRL, en la medida que la Comunidad de Propietarios es la responsable legal de todos los espacios comunes de la finca y, en el caso de que una persona que ofrece un servicio externo sufriera un accidente laboral, éste podría ser responsabilidad de la Comunidad.
Pues otro invento para sacarnos la pasta
 

Fin del hilo
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