Volver al foro
J
jvilgal1974
16/01/2016 18:25

DUDA

¿Puede demandarse a la Junta Directiva o a un propietario por otro asunto después de haber sido demandado por un accidente en la propiedad?

2.850 lecturas | 8 respuestas

Buenas tardes que ocurre si un vecino que pertenece a la Junta Directiva de una Comunidad de Propietarios, tiene un accidente con un elemento de la propiedad, él da parte a su seguro la comunidad arregla la puerta, a este vecino se le demanda porque su seguro no quiere pagar todo, y en el juicio la juez, dice que la pericial más ajustada es la del vecino demandado que este tiene que pagar lo que ofrece su seguro, habiendo una diferencia entre lo pagado por la comunidad y lo dictaminado por el juez.

Se que a no se le puede demandar otra vez por lo mismo, pero al haber estado en la junta Directiva se le puede volver a demandar a toda la Junta. La obra la realizo la empresa con la que se tenía contratado el manteniento y se pago lo que dijo la empresa que realizo la obra, además la junta tomo acciones por seguridad que hubo a gente que no le gusto pero no se querían más problemas.

Se puede demandar a esa Junta o a ese propietario que dice que el se atiene a lo que dicto la juez en la sentencia, por otra cuestión

 
M
MRV
16/01/2016 19:36

No acabo de entender que irregularidad piensas que ha cometido la Junta.  Si un Juez ha dicho que el vecino que provocó el problema solo tiene que pagar X, pues solo tiene que pagar ese X.  Mientras esa sentencia no sea firme, se puede recurrir a la instancia judicial superior siempre que un Abogado opine que hay base para dicho recurso. El plazo para hacerlo no suele ser muy largo así que hay que darse prisa.   Lo que no puede hacerse es volver a demandar al vecino por el mismo tema.

En cuanto a la Junta,  no explicas cual sería la base para demandarla, cual sería la irregularidad cometida.  El hecho de que el vecino que rompió la puerta sea miembro de la Junta no quiere decir que a los otros miembros de la Junta se le pueda demandar porque el seguro solamente ha cubierto una parte de la reparación.  Si no nos dices que irregularidad ha comentido la Junta dificilmente te podremos dar una opinión sobre la posible demanda.

 

 

 

 

Fin del hilo
© 2002-2025 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 C/ Roger de Lluria, 50 - P.1 08009 Barcelona
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter