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J
jvilgal1974
16/01/2016 18:25

DUDA

¿Puede demandarse a la Junta Directiva o a un propietario por otro asunto después de haber sido demandado por un accidente en la propiedad?

2.846 lecturas | 8 respuestas

Buenas tardes que ocurre si un vecino que pertenece a la Junta Directiva de una Comunidad de Propietarios, tiene un accidente con un elemento de la propiedad, él da parte a su seguro la comunidad arregla la puerta, a este vecino se le demanda porque su seguro no quiere pagar todo, y en el juicio la juez, dice que la pericial más ajustada es la del vecino demandado que este tiene que pagar lo que ofrece su seguro, habiendo una diferencia entre lo pagado por la comunidad y lo dictaminado por el juez.

Se que a no se le puede demandar otra vez por lo mismo, pero al haber estado en la junta Directiva se le puede volver a demandar a toda la Junta. La obra la realizo la empresa con la que se tenía contratado el manteniento y se pago lo que dijo la empresa que realizo la obra, además la junta tomo acciones por seguridad que hubo a gente que no le gusto pero no se querían más problemas.

Se puede demandar a esa Junta o a ese propietario que dice que el se atiene a lo que dicto la juez en la sentencia, por otra cuestión

 
J
jvilgal1974
16/01/2016 19:55

No si yo entiendo lo mismo, que la Junta Directiva arregla la puerta con la empresa con la que se tiene contratada el mantenimiento, que la juez dice que solo hay que pagar una cantidad, yo creo que la diferencia de dinero la ha perdido la comunidad por tener una empresa tan cara. 

 

Fin del hilo
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