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Har-magedon
18/05/2017 13:52

Pago de ascensor a partes iguales o coeficiente y solicitud de credito. ¿Que dice la ley?

¿La comunidad me puede obligar a ser parte de un crédito comunitario aún pudiendo yo pagar mi pagar mi parte?

11.511 lecturas | 10 respuestas

Buenas tardes,

ayer tuvimos reunion de vecinos ya que algunos vecinos desean instalar un ascensor en la finca. Despues de la presentacion del industrilal que habia presentadon la oferta mas seria, se procedio al tipico debate. Se aprobo ( en teoria, ya que faltaron muchos vecinos que pueden hacer uso de su voto en el plazo pertinente ) que se intalara el ascensor, pero, el voto de uno de los vecinos estaba supeditado a que no tuvuiese que pagar por coeficiente, que en su caso es del triple que el resto. La mayoria de dijo que no habia problema, para asegurar asi su voto. Yo me opuse, ya que su cuota asciende a unos 25000€ frente a los 8000€ que nos correponderia al resto y no veo logico que pague algo que no me corresponde, maxime cuando ni si quiera deseo el ascensor. Ademas quieren pedir un credito a cargo de la comunida, con los intereses que ello trae y con los problemas de impago que pueden haber repercutiendo en el resto.

Pregunto:

¿Se puede invalidar la particion de cuotas por coeficiente, si una mayoria  asi lo vota, o debe aprobarse por unanimidad ? ¿Puedo yo solo o los que votamos en contra invalidar dicha resolucion ?

Segundo:

¿la comunidad me puede obligar a entrar en un credito si yo no lo deseo y puedo hacer frente a mi parte sin problemas? ¿es legal que alguien pueda obligarte a esto? me pareceria indignate la verdad…

Gracias de antemano.

Agradeceria respuestas concisas a las dos preguntas de inicio ( para tontos ) y luego que os explayarais en cuestiones legales.

 
H
Har-magedon
22/05/2017 19:31

 

Muchas gracias por tu respuesta y tiempo. Con respecto a tu primera respuesta, encontré lo mismo que dices en la modificación de la Ley del 2013 y que menciona que para cambiar los estatutos tiene que ser por unanimidad. En este caso yo no deseo que se cambie la forma de participación de gastos y por eso debería hacerse si o si por coeficiente. Lo de los préstamos aún no lo tengo claro si se puede uno excluir totalmente de ello firmando algún documento conforme no lo solicitó y ya he abonado la parte que me correspondería. No estaría mal, porque no deseo estar dependiendo de otras personas en cuestiones financieras. Gracias de nuevo.

 

 

 

 

 

 
H
Har-magedon
19/05/2017 13:14

Buenas, efectivamente vivo en la comunidad de Cataluña, en Barcelona. Siento si la omision de este dato haya podido ocasionar algun problema. Desconocia que cada comunidad tuviese diferentes reglas a aplicar.

Entonces, ¿ entiendo que si pueden obligarme a pagar a partes iguales si hay un quorum de 4/5 partes y saltase lo que marca la ley? ¿ es legal incrementar mi cuota a pagar porque el vecino con el el triple de coeficiente no quiera hacer frente a su elvado importe y pacte con una mayoria eso? ¿para que entonces una ley y unos coeficientes si nos los podemos saltar, cuando no hay unnimidad, mientras haya una mayoria? Al fin y al cabo hablamos de que me obligarian a pagar 1000€ o 2000€ mas que no me corresponden legalmente.

 
F
Fixin
19/05/2017 13:11
Por eso hay que dar el beneficio de la duda a la administradora
 
B
Blont
19/05/2017 12:59

ya pero el consultante no dice para nada que vive en esa COMUNIDAD AUTÓNOMA

 
F
Fixin
19/05/2017 10:45

Blont dijo:

Otra inutil de administradora que no se entera de nada, mira que esta contaminado este colectivo.
Digale a la inutil, que se deje de tonterias de 4/5, ese quorum no existe, en todo casomserian 3/5

Blont, ese quórum si existe, concretamente en Cataluña. Si la comunidad del consultante está en Cataluña no se aplica la LPH y si el CC Ccataluña. No juzguemos a los administradores tan a la ligera ya que es posible que si le haya informado bien.

 
H
Har-magedon
19/05/2017 05:51

Buenas de nuevo, y una vez más gracias por vuestro tiempo. El industrial nos apremio en aceptar el presupuesto porque a final de mes salían las ayudas que ofrecen por este tipo de rehabilitaciones. Para acceder a las ayudas hay que presentar la documentación pertinente y para ello tenemos que haber aprobado y aceptado la realización de las obras y el contrato con la empresa en cuestión. Ellos mismos nos aseguraron que de presentarlo en el plazo indicado recibiríamos la subvención que es del 50% y que tenían tratos con varios bancos que nos darían el préstamo necesario sin problemas. 

Esto último entiendo que no supone un gran problema ya que aunque algún inquilino no pagase la deuda la seguirían cobrando porque el importe se cobra a través de la cuenta comunitaria y si no paga uno pagará el resto y tú ya te apañarás internamente. Vamos que la banca siempre gana.

Y gracias por el consejo de cómo proceder en la votación, tomó muy buena nota.

 

 

 

 
B
Blont
19/05/2017 00:09

Otra inutil de administradora que no se entera de nada, mira que esta contaminado este colectivo.
Digale a la inutil, que se deje de tonterias de 4/5, ese quorum no existe, en todo casomserian 3/5
Y la dice que se lea el art. 9.1c de la LPH y que le enseñe la LPH donde indique esa tonteria
Lea estos links
http://garciacollado.blogspot.com.es/2012/07/nulo-reparto-de-derrama-de-instalacion.html
http://garciacollado.blogspot.com.es/2012/03/reparto-de-gastos-nulo-por-modificar.html
https://www.pisos.com/aldia/10-preguntas-sobre-las-derramas-en-una-comunidad-de-propietarios/68717/
Usted nieguese ha aceptar otro reparto que no sea por el coeficiente que tiene, si van a votar otra forma de pago usted diga lo siguiente
VOTO NO A LA PROPUESTA , Y VOTO NO A DICHA VOTACION. Y ME RESERVO ELMDERECHO A IMPUGNAR DICHA VOTACION.
si no lehacen caso debera impugnar.
Lo del prestamo por mayoria simple estaria aprobado, pero tenga en cuenta que los bancos ponenmuchas pegas en estos creditos, tengo entendido que exigen que todos esten de acuerdo
Han pedido ayuda a la comunidad o al ayuntamiento?

 
H
Har-magedon
18/05/2017 18:22

 

 

Buenas de nuevo y gracias por vuestra rápida respuesta. La reunión se celebró ayer mismo. La decisión de instalar un ascensor no tiene que ver con que lo solicite un minusválido ni a priori nadie mayor de 70 años. Es por la comodidad de los que tienen que subir a los pisos superiores y por la revalorización obvia del inmueble.

La votación fue de 5 contr 3, uno de los cuales tiene un coeficiente del triple de una vivienda normal. Es al vecino que le insinuaron que no necesitaría pagar por coeficiente y por lo cual voto positivamente siempre y cuando eso se mantuviese.

Hay pendiente una segunda reunión por el tema precisamente de cómo se dividirían las derramas, si por coeficiente ( como yo exigí ) , a partes iguales o como tercera opción por alturas, siendo el porecentaje a pagar mayor si el piso es más alto y bajando de acirde a la altura.

Tenemos una administradora y cuando yo expliqué que exigía el pago por coeficiente dijo que miraría si se podía aprobar algo distinto si las 4/5 partes lo acordaban así.

Aunque se aprobara por coeficientes, que lo dudo, sigo con la duda si me podrían obligar a contratar un crédito a cuenta de la comunidad aún si pudiese ejecutar el pago de mi parte, ya que en caso de morosidad me vería obligado a pagar lo que no me corresponde y también a abonar intereses (7%) sin necesidad. Somos 17 vecino y el montante sube unos 150.000€. Y un moroso fijo que siempre es llevado a los juzgados.

Siento el tostón…..y gracias de nuevo.

 

 
J
juno4
18/05/2017 16:13
Las derramas se pagan siempre por coeficiente. Si su derrama es mayor es porque tiene bastante mas propiedad que el resto.
 
B
Blont
18/05/2017 15:48

Porque se solicito la instalacion del ascensor, porque hay propietarios minusvalidos o mayores de 70 años?

Como quedo la votacion?

El cambio de forma de pago de coeficientes a partes iguales, tiene que ser por unanimidad

Tienen administrador profesional?

Usted que voto? Salvo su voto para poder impugnar?

Conteste pronto porque tal vez tenga que impugnar

 

Fin del hilo
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