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M
MariaCHP
18/01/2018 17:49

Límites derrama

¿Existe algún límite de pago para las derramas?

16.503 lecturas | 5 respuestas

Hola buenas tardes! me gustaría exponer un caso que afecta a mis padres y que nos lleva de cabeza. Sabemos que la ley no nos favorece pero aún así no deja de ser injusto y nos gustaría estar informados sobre el tema. 

Mis padres tienen un bajo NO comercial en un edificio al cual no tienen acceso. Es un edificio antiguo y cuando lo compraron le dijeron que no tenían que aportar nada a la comunidad, solo a las derramas que afectara la habitabilidad y seguridad del edificio, todo esto se quedó en un acuerdo verbal no escrito. 

Hace un tiempo propusieron adaptar el ascensor para que llevara al nivel 0, hay 5 escalones para llegar al ascensor y les comunicaron que debían hacer frente a la derrama. El caso se quedó parado y no llegamos a meternos en el asunto...Pero hace unos días lo han vuelto a retomar, le han pasado un presupuesto y le han indicado la cuantía  a pagar. Cosas importantes a tener en cuenta: 

- NI a mis padres ni al otro propietario del bajo se les informó en ningún momento de la realización de dicha reunión. En el acta indica que no estuvieron ausentes pero no es verdad, pues simplemente no tenían conociemiento de su existencia...Aún así le han hecho llegar el acta con los votos a favor por mayoría, no sé hasta que punto es legal esto, sabiendoq que si se volviera a realizar la votación habrían 2 votos en contra que creo no es suficiente para parar la derrama, es simplemente una cuestión de principios, están en su derecho de votar y estar presente en dicha reunión. 

- El edificio tiene ascensor, rampa y barandilla, al parecer es una rampa bastante empinada cosa que impide que personas mayoras la puedan usar con seguridad, hasta aquí entiendo el tema de la obra y por ley me dicen que tienen que participar en la derrama aún sin hacer uso de ese ascensor ni siquiera tener acceso al patio. Esto es así? no hay ningún vacío legal que nos pueda ayudar?? 

- En el desglose de la derrama les hacían pagar como el resto de inquilinos. Hemos ido a por los estatutos de la comunidad y indican que ellos participan en un 7%, el resto de vecinos un poco más. Entiendo que deberían rehacer ese desglose teniendo en cuenta su participación no? 

- EN el presupuesto también se contemplan arreglos con fines estéticos, cambiar una pared de madera (en eperfectas condiciones) por una de azulejos, cambiar la puerta de entrada, suelo etc. Estas mejoras también deben hacerse cargo? Porque una cosa es eliminación de barreras arquitectónicas y otra cosa es querer poner bonito el portal…

- Y ya finalmente saber si existe alguna limitación de pago, les piden entre 1200 y 1400€, un dinero que no pueden asuminar de ninguna de las maneras, tendrían que pedir un préstoma cosa que me parece muy injusta!! He leído algo sobre que no puede superar los 12 meses de cuota de comunidad, esto afectaría a esta derrama? 

Muchas gracias!

 
C
cecaseu
22/01/2018 23:50

Disculpa María,

Dices que tus padres no pagan comunidad?...Los locales, a no ser que haya alguna clausula especialmente indicada en los estatutos, deben pagar su parte del coeficiente proporcional, en su caso creo que has dicho un 7% del seguro anual de la comunidad y del fondo reserva de la comunidad, la suma de estos dos factores serán el recibo anual, de lo que debería pagar al año en un solo recibo.

Tengo entendido y así es como se hace en mi comunidad, que ni en los gastos del ascensor, ni de arreglos de interiores del edificio, ya sea por ejemplo, pintura de escalera, cambio de fluorescentes, buzones, gastos de limpieza, etc etc, los locales no intervienen, ya que para ellos no tienen zona de paso por la entrada, de hecho no tienen ni la llave de la portería.

Si que se les incluye en los gastos ocasionados por cualquier arreglo que se hagan en la fachada y terraza del edificio.

Por cierto, no sabía que había un limite en cuanto a las derramas, a ver si alguien me lo puede confirmar.

Ya nos contarás como ha quedado la historia, te recomiendo que vayas a la oficna del consumidor y que te informes bien, a veces ellos saben muchas cosas en cuanto a las comunidades se refiere.

Saludos,

wink

 
M
MariaCHP
19/01/2018 08:37

Significa esto que si ellos hubieran votado NO no se les podría obligar a pagar más de 12 menusalidades? el otro problema es que ellos no pagan comunidad, se tendría que hacer un cálculo de lo que tendrían que pagar y eso multiplicarlo por 12?

De verdad que es que estamos en un sinvivir, es una vergüenza! sabemos que la ley no nos ayuda nada, la comunidad nunca ha tenido administrador, lo contratan hace un mes para poder enfrentarse a nosotros, el hombre tampoco va a malas, pero las cosas no se han hecho bien desde el momento en que se aprueba una derrama sin tener conocimiento de ello. La reunión se hizo en septiembre porque hemos pedido que nos pasen el acta y ahí vemos que constamos como ausentes, pero es que nunca jamás mis padres han asistido a ninguna reunión sencillamente porque nunca se les ha informado! 

MI padre no quiere lios pero tampoco puede pagar esa cantidad de dinero. Le he dicho que lo primero es impugnar el acta y me dice que con eso no conseguiríamos nada...Tampoco quiere no pagar y que se le considere moroso, por lo tanto es algo que nos afecta a toda la familia ya que tendremos que colaborar económicamente. 

Qué me recomendais? solicito una reunión con el administrador? lo que quiero es tener información real sobre los artículos que pueden favorecernos de algún modo…

Muchas gracias por vuestra respuesta! 

 
B
Blont
19/01/2018 01:17

Normalmente en las juntas firman los propietsrios que van, ahi podria estar su salvacion.

Podria indicarle al inutil que le va a denunciar por falsear el acta ya que solicitara documento de asistencia.

Lo que pasa que la Lph no obliga a esa firma.

Lo que pueden hacer es jorobar un poco y no pagar la derrama. Y esperar que le declaren morosos, y eso lleva un tiempo.

Si lo decide de orden al banco de no abonsa recibos

 
B
Blont
19/01/2018 01:10

Lola99 confunde terminos.

Lo de pagar unicamente 12 mensualidades, es cuando el ascensor se solicita por un minusvalido o mayor de 70 años, y en el scta vonstar su negativa, dos cosas que no ocurren

El art.17.4 indica que son tres mensualidades para fines esteticos, pero como en el acta no figura su negativa, pues poco puede hacer.

Vaya hablsr con el sinverguenza e inutil del administrador y pidale esplicaciones.

 
lola99
lola99
19/01/2018 00:17

Hola, aver…
Para que no tengan que pagar nada en la acesibilidad del ascensor tendria que poner en los estatutos de la comundad que estan exentos del pago del ascensor, y eso en casi ningun estatuto de comunidades lo pone y menos si la finca es antigua.
Aunque no asistieran a la junta por el motibo que sea tienen el plazo d eun mes para poder rebocar el acta, eso si esto se hace con abogado y juez, o sea dinero¡¡¡¡, lo que entiendo esque quiere decir que no asistieron a la reunion porque no se lo comunicaron…..y eso como lo demuestra? Pensando mal sus vecinos y administradora no s e lo comunicaron porque le interesaba que no asistieran , ahora usted demuestre que fue asi¡¡¡¡¡, eso si casualmente si le llegan las cartas de derramas¡¡¡¡
Lo que usted dice del desglose es el coeficiente que tiene cada departamneto, pisos locales, etc, si usted tiene menos coeficiente que pisos por ejemplo usted tiene que pagar por coeficiente le guste o no al resto, y sea lo que sea, si pisos tienen un 7% y usted un 6,5% pues usted pagar un 6,5%
No poner racholas cambiar madera etc no es de acesibildad es por que gusta poner otro, se puede negar ya que no afecta al edificio o su seguridad
Si existe un limite de pago, le pongo un ejemplo…..si por ejemplo usted paga 100 euros trimestalmente para mantener comunidad, el maximo que podria pagar serian 12 cuotas, o sea 1200 euros, todo lo que exceda de eso lo paga quien solicita el ascensor, lo que no se es si tambien entra aqui, ya que lo d eustes no es poner ascensor es adaptar acesibiladad
Y creo recoradr que tambien hay un amximo para para pagos que sean esteticos, pero no estoy seguro de esto, seguro que otro foraneo le informa de esto.
Por ultimo decir que la ley es MUY injusta con los propietarios de tiendas o bajos, ya que pagamos cosas que en la vida utilizaremos y ademas pagamos mantenimiento de ascensores, hace tiempo creo que ese iva a reformar esto, pero ya se sabe la ley no va lenta si no lo siguiente¡¡¡¡ y mas a un cuando no le toca al que tiene que hacer la reforma¡¡¡¡
saludos

 

Fin del hilo
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