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Winflyss
27/09/2018 17:40

Votacion ilegal

¿Es posible complementar un acta de junta de vecinos ya aprobada?

2.407 lecturas | 4 respuestas

Buenas tardes,

Soy nuevo en el foro, y agradezco de antemano vuestros comentarios.

En noviembre del 2017 fue elegido presidente de mi comunidad y he dimitido este mes (es decir no he llegado al año) por el motivo voy a explicar.

Se ha aprobado la reforma de la entrada del edificio. En esa junta se aprobo instalar un elevador para salvar los 6 peldaños de escalera que hay hasta la altura del ascensor.

Este mes el administrador (tambien propietario) convoco una reunion de vecinos extraordinaria (con el 47% por ciento de la solicitud de los vecinos). El fin era volver a votar si instalar el elevador o hacer una rampa (todo el acceso al ascensor es esta rampa, no habria escalones). La rampa tendra una pendiente minima de 16.5% y una longitud de 6.5 metros.  Ante esto le informo que no estoy de acuerdo en votar a) seguir adelante con elevador o b) que la obra sea una rampa de un 16,5%. Le da igual mi opinion y la reunion sigue adelante.

Una vez en la reunion un vecino expone que esa rampa va en contra de norma. Antes de la votacion dimito como presidente ya que me negaba a ser presidente durante la votacion a favor o en contra de algo ilegal y que eso no debia ser votado.Se efectua la votacion saliendo aprobada por 17 votos de la rampa, 2 abstenciones y 2 votos a favor del elevador.

El administrador envia una copia del acta de la junta, y en ella omite el dato de que la pendiente resultante seria de minimo un 16,5% y que asi fue expuesto por un vecino. Y se limita a decir que se aprueba la rampa por mayoria sea cual sea la rampa resultante.

En cuanto a mi dimision solo dice que no quiero seguir en el cargo.

He ido a hablar con el administrador para que añada la informacion del 16.5% de la pendiente y que mi dimision se debe a que no permitiria que siendo yo presidente se votara en los terminos que habia previsto ya que estabamos hablando de algo ilegal, y me dice que impugne el acta en los juzgados.

Hay alguna forma de hacer un acta complementaria? Como puedo hacer para que estos datos se incluyan en el acta?

Muchisimas gracias y perdonar por el rollo.

 
carolinevega
carolinevega
27/09/2018 22:29

El que figurase su dimision en acta eso no le otorga legalidad, usted no tiene derecho a dimitir, simplemente no puede y menos porque no este de acuerdo con una votscion.

Si usted cree que lleva razon, no pierda el tiempo e impugne, tiene tres meses para ello desde el dia de la junta

 
W
Winflyss
27/09/2018 21:01
Me da la sensacion que pocos técnicos van a pasar por aqui. Pareces informado. Una pendie te del 16 ppr ciento es complicado de subir y bajar para personas mayores? Y minusvalidos?
 
W
Winflyss
27/09/2018 19:29
Buenas

Mi dimision si estaba en orden del dia.
El vecino hizo referencia a la norma donde la pendiente maxima por accesibilidad en el caso de una rampa de mas de 6 metros de longitud es el 8%.
Es decir para llegar a mi casa el unico camino que va a haber es una pendiente del 16.5%.
Yo dimiti porque no estaba de acuerdo en votar que el único acceso a mi vivienda sea una rampa con ese porcentaje, ya que creo que se considera camino no accesible.
Creo que en el acta se debia incluir el motivo de mi dimision y tambien el porcentaje de pendiente que se ha aprobado.
Ademas me imagino que si hay una caida o simplemente una persona del bloque nobpuede subir y bajar esa pendiente existe una responsabilidad de la comunidad al haber aprobado una pendiente no accesible.
 
carolinevega
carolinevega
27/09/2018 18:33

el cargo de presidente es por un año, por lo cual usted no puede dimitir, además tampoco figuraba en la convocatoria. art.13.7 7. Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año.

es más si usted ha dimitido quien es el presidente ahora?

usted no tiene potestad para decir si un punto se vota o no se vota, usted en todo caso se podra abstenerse, votar si o no. si la comunidad decide votar ese punto, la junta tiene la capacidad para hacerlo. y porque usted no este de acuerdo su punto de vista no sirve para nada

si usted no esta de acuerdo deberá impugnar la junta

en las actas no se pone lo que usted indica, en las actas se pone los temas tratados y los votos obtenidos, las justificaciones del porque se hace algo, no deben figurar en el acta art.19

el que un vecino diga que algo va contra la norma, no vale para nada, lo que debe de llevar es la ley donde lo indica

 

Fin del hilo
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