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A
antexar
17/01/2019 13:21

Nuevo vecino en comunidad y dudas iniciales

¿Qué debo hacer con las modificaciones estructurales sin permiso y la valla metálica de la comunidad?

1.464 lecturas | 5 respuestas

Buenos días, 

Me he convertido recientemente en nuevo propietario de un residencial, y mis dudas son las siguientes que se me plantean:

 

  1. Existen numerosas viviendas que tienen realizados modificaciones estructurales (ampliaciones de terrazas, ampliaciones de salón reduciendo terraza) sin modificar estética. Colocaciones de aires acondicionados sin permiso. Por lo visto el administrador va a realizar una junta para que los propietarios decidan si reclamamos estas modificaciones sin permiso o, aceptamos estas y ponemos límites para las futuras por venir. Que opinais al respecto?
  2. La zona común que delimita con la calle tiene una valla metálica traslúcida (verja metálica) la cual ven a través de la calle hasta la comunidad (donde está ubicada la piscina, zona jardín, etc...). Se va a proponer sustituir esta valla por privacidad y el administrador dice que si la mayoría de asistentes lo acuerda, podemos hacerlo, por ello mi pregunta es, puede obligarme a pagar por la valla si no quiero? Es esto legal si ya existe una valla metállica transparente?

 

Gracias por la ayuda, ya que entro en la comunidad y parece que me van a venir mil y un gastos. 

 

 Saludos. 

 
M
MRV
18/01/2019 10:26

Si las modificaciones realizadas resultan aprobadas en la Junta (por los 3/5 de propietarios y cuotas), por supuesto que no será obligatorio su retirada.  Esa es la consecuencia lógica de aprobarlas.

 
A
antexar
18/01/2019 09:12

No van a dejar de serlo, esa es mi duda… Pero al votarse y en el supuesto de aprobarse, podría no obligarse su retirada?

 
carolinevega
carolinevega
17/01/2019 23:29

Si los 3/5 han votado que esas irregularidades dejen de serlo y pasen a ser regulares, cosa van a volver a su forma original?

 
A
antexar
17/01/2019 17:01

Muchas gracias por la respuesta, lo único que se me plantea ahora es…. referente a la primera pregunta, si 3/5 partes votan que todas las irregularidades sean legales, no se podría restituir a su forma inicial quedando aprobado estas ``transformaciones´´? Y podría impugnarse en juntas posteriores??

 

Gracias de antemano. 

 
carolinevega
carolinevega
17/01/2019 15:22

1° nosotros como es natural no podemos opinar nada, unicamente informarle que para que todas las irregularidades  sean legales se necesitan los votos de los 3/5 de los propietarios

Art. 10.3

Otro administrador  que desconoce la LPH.

remitalé el art. 17.4 de la misma

4. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características. 

No obstante, cuando por el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja. Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal. 

Y como veo que la desconoce el administrador , en la junta usted vote que no , y si no lo apoyan los 3/5 de los propietarios que acudan a la junta, no se podrá realizar, y si lo aprueban los 3/5  si el coste es superior a tres meses del valor del presupuesto anual, usted no está obligado a contribuir

 

Fin del hilo
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