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vrossi46
06/03/2019 00:20

Gastos en locales

¿A qué gastos están obligados a contribuir los locales comerciales?

1.806 lecturas | 8 respuestas

Buenas noches,

Me he leído casi la mitad de los artículos que habéis colgado y los encuentro muy interesantes. (aunque escribo con el miedo de que me responda caroline)

Escribo por un tema que afecta a mi comunidad, ya que me he comprado un local hace 2 meses y hubo la reunión ayer.

El caso es que el local actualmente está pagando los gastos de escalera (electricidad y limpieza), el ascensor no. La comunidad no tiene estatutos, ya lo he averiguado, me gustaría conocer hasta que punto tengo el derecho de no pagar los gastos de escalera, afrontando los gastos que sí tengo obligación (seguro, % reserva legal, futuras derramas por coeficiente).

He de añadir que el local tiene también una puerta de acceso en el portal, supongo que para los contadores, aunque no se utiliza y por lo que sé no se ha utilizado nunca.

Preguntas:

1- ¿Cabe la posibilidad de tapiar la puerta para no incluirme en esos gastos?

2- Comentaron que la luz se podria hacer por porcentajes, ¿es eso legal?

 

Muchisimas gracias compis.

 
carolinevega
carolinevega
27/03/2019 12:20

primero sería necesario saber si realmente esos locales están obligados a contribuir a dichos gastos, porque lo más probable es que estén exentos. eso lo podrán averigüar en la escritura de división horizontal.

si en la escritura no figura que estén exentos, para realizar esa acción es necesaria unanimidad, y los locales si tendrìan derecho a votar en los temas de escalera..

como no se si usted el el local, y está hablando en presente, no le puedo contestar

 
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vrossi46
27/03/2019 00:30

Buenas noches a todos, agradecer todas las respuestas.

El administrador nos ha propuesto hacer un acuerdo para eximir a los locales y tiene que ser de voto unanime. Mis dudas son:

Con el acuerdo para que los locales no tengan los gastos de escalera, tienen derecho a voto sobre esos aspectos?

La otra es: Si hay que cambiar bombillas o reparar el ascensor, tengo que pagar para dicha conservación?

 

Muchas gracias

 
A
aserval
13/03/2019 12:21

vrossi46 dijo:
Muchas gracias, Si llegamos a un acuerdo de aue no pago gastos de escaleras; - ¿Tengo que pagar una derrama si se rompe el motor del ascensor? -¿En temas de votación mi voto por coeficiente tiene efectos de decisión? Gracias!

 Depende de lo que diga la escritura de constitución:

Las comunidades están constituidas en Régimen de Propiedad Horizontal y todos estamos obligados a cumplirlo, todo lo que se salga de ahí, debe ser consensuado por unanimidad, excepto algunos aspectos especiales que contempla la ley. Le diré también que cada comunidad es un mundo y no hay dos títulos iguales.

Esto es un tema que compete a su administrador advertirle. Entre sus funciones está.

Cumplir con el Artículo veinte.

a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.

Por tanto, la  mejor manera  para despejar su duda, es su administrador. En el caso de que no tengan un administrador profesional, le aconsejo contemplen la posibilidad de contratarlo.   

 
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vrossi46
13/03/2019 00:56
Muchas gracias,

Si llegamos a un acuerdo de aue no pago gastos de escaleras;

- ¿Tengo que pagar una derrama si se rompe el motor del ascensor?

-¿En temas de votación mi voto por coeficiente tiene efectos de decisión?

Gracias!
 
A
amilibia
08/03/2019 17:22

El hecho de tapiar el acceso al portal no le exime de seguir participando en todos los gastos de comunidad de este local como venía haciendo hasta ahora, porque eso perjudicaría los derechos de los demás propietarios al tener que afrontar los gastos entre menos comuneros, lo que aumentaría la participación de cada uno de ellos en los gastos.

En la medida en que su decisión de tapiar el acceso al portal de su local afecta a la comunidad de propietarios, son de aplicación varios artículos de la Ley de Propiedad Horizontal:

Artículo 3.- "Las mejoras o menoscabos de cada piso o local no alterarán la cuota atribuida, que sólo podrá variarse de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 17 de esta Ley".  Al tapiar el acceso al portal y dejar de contribuir a algunos gastos, está alterando su cuota reduciendo su aportación y obligando a los demás a aumentar las suyas.
Artículo 7.1.- "El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad". Es evidente que tapiar el acceso al portal perjudica a los demás.
Artículo 10.3.b.- "... el aumento de su superficie por agregación de otros colindantes del mismo edificio ... y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio ... La fijación de las nuevas cuotas de participación, ... requerirá la adopción del oportuno acuerdo de la Junta de Propietarios, por idéntica mayoría." Las nuevas cuotas como consecuencia de clausurar ese acceso, las fija la comunidad, y no el propietario interesado.

La luz y todo, todo es a porcentajes, excepto acuerdo al respecto.

 

Entienda que a porcentajes no se refiere solo a la superficie del piso o local, sino también al uso presumiblemente le corresponda en los elementos comunes.

 

Esperamos haberle ayudado.

 

 

 
carolinevega
carolinevega
08/03/2019 14:59

mira lo que son las cosas yo he sido la única que te he contestado

no se porqué deja una puerta abierta a una bacanal de infantes

 
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vrossi46
08/03/2019 05:33

Muchisimas gracias!

me ha ayudado muchisimo y no no te comes a nadie demomento.

 
carolinevega
carolinevega
06/03/2019 07:19

vrosis46 no soy ninguna bruja que me coma a los niños.

a veces se conscientemente que contesto con crudeza, pero es que las excusas que dan muchas de las personas que preguntan son de juzgado de guardia y hacen afirmaciones inesactas.

para saber si tiene que contribuir a los gastos de escalera, vaya al Registro de la propiedad y solicite la escritura de dividión horizontal del edificio, y ahí le indicará a que gastos tiene que contribuir, dado que normalmente los locales están exentos de contribuir a los gastos de escalera

la puerta no tiene nada que ver para contribuir

la podría tapar con el consentimiento de las 3/5 de los propietarios, pero esa acción no le eximiria de contribuir a los gastos expuesto en el Registro

todos los gastos se deben de repartir por coeficientes que supongo que es a lo que usted llama porcentaje

no creo que mi respuesta le haya causado pavor

 

Fin del hilo
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