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F
fullconta
29/08/2019 00:21

Obras sin finalizar

¿Puede la comunidad de propietarios ser sancionada por no haber Terminado aún las obras después de once años?

1.406 lecturas | 4 respuestas

Buenas noches. Por favor, me gustaría informarme sobre el siguiente caso que afecta a mi comunidad, el cual es un poco largo y complejo. En mi comunidad de propietarios se realizaron unas obras de reforma y mantenimiento del bloque entre los años 2007-2008. Durante este periodo se produjeron varios rumores en la comunidad sobre supuestas irregularidades y malversación de fondos por parte de la entonces presidenta (Quien no era propietaria ni residente en la comunidad, sino su padre), la cual durante los años que ejerció la presidencia se negó a presentar ante la junta de propietarios las facturas y los documentos concernientes a las obras. Dichas reformas empezaron en diciembre de 2007 (No sin antes publicar esta señora en el tablón de anuncios y sin aprobación por parte de la junta de propietarios una circular por la que exigía que en el plazo de 48 horas los vecinos abonasen en el banco de la comunidad un importe de 3.000 euros para sufragar parte de los gastos de la obra. Si terminado dicho plazo, los vecinos no hubiesen abonado dicho importe, la presidenta, en nombre de la comunidad, comenzaría las acciones legales pertinentes contra dichos vecinos. Hecho que así tuvo lugar contra varios vecinos) y terminaron en verano de 2008. Pues bien, a los cuatro años y tras algunos desencuentros con la por entonces presidenta, ésta presentó su dimisión en 2012. Tras su marcha, una vecina asumió el cargo y nombró tras el correspondiente voto favorable de la junta de propietarios, a una administración para que asumiese el control de la comunidad (La presidenta anterior había destituido en cuanto tomó posesión del cargo en 2006 a otra administración que por entonces regía la comunidad, ya que esta señora trabajaba como administrativa en una misma sucursal del banco en donde la comunidad tenía depositada su cuenta bancaria y detectó según ella “Agujeros negros en las cuentas”). Esta administración lleva ya siete años gestionando la comunidad junto con varios presidentes vecinales, los cuales ejercen un papel simbólico, ya que toda la gestión recae en la administración. Pues bien, en estos últimos meses, el cargo de administrador de la comunidad lo está ejerciendo de forma provisional un señor de la empresa en sustitución del titular. He aquí que el administrador provisional se ha puesto en contacto con la nueva presidenta que ha tomado posesión del cargo hace un par de meses para advertirle que ha detectado que en urbanismo, las obras realizadas durante el periodo 2007-2008 no aparecen como finalizadas. A esto hay que añadirle que urbanismo exigía que las obras debían realizarse antes de un periodo determinado, con lo cual después de once años tras su finalización, en los registros municipales, dicha obra no está sin terminar. Y dicho esto he aquí mi pregunta: ¿Puede la comunidad de propietarios ser sancionada por no haber “Terminado aún” las obras después de once años?, o en caso contrario, ¿Las responsabilidades correspondientes recaerían sobre la por entonces presidenta y la actual administración? Una por no realizar las gestiones oportunas ante las entidades municipales para dar por finalizadas las obras desde el punto de vista legal, y los otros por no haber notificado a la comunidad este hecho tras siete años al frente del edificio. Cabe recordar que la junta de propietarios y los vecinos ignoraban completamente la gestión que esta señora hacía y deshacía, y aquellos que sospechábamos de sus irregularidades nunca reunimos los apoyos suficientes para cesarla del cargo. por lo que la comunidad ha recibido ahora esta noticia, siendo hasta la fecha ajena a todo ello. En este caso, ¿Esta señora como particular podría ser quien acabase pagando esa sanción como presidenta de la comunidad en su momento, o por el contrario la comunidad, como entidad jurídica, sería quien lo sufragase? Muchas gracias y disculpen por el tocho, pero la historia es bastante larga, y aun así he omitido muchas otras cuestiones de esta historia. Un saludo. 

 
F
fullconta
01/09/2019 21:04

Hola, buenas tardes. Muchas gracias por responder. Ésto está ocurriendo en una comunidad de propietarios de Sevilla. Es verdad que como usted bien dice, dependiendo del lugar de residencia, en cada ayuntamiento varía la normativa (Las cosas que suceden aquí en España...). Durante los años 2006 y 2007 vino una inspección de urbanismo, tras la cual se constató que el edificio estaba en ruinas. E incluso, si la memoria no me falla, vino un caballero en un par de ocasiones a la comunidad tras las obras, aunque nunca, al menos yo, tuve constancia de quién se trataba. 

En lo que respecta a la convocatoria de una junta, la nueva presidenta tiene previsto convocar una dentro de unas semanas para tratar este asunto. Sobre lo que usted plantea de acudir directamente a urbanismo lo he pensado yo también, el único inconveniente que yo veo es que si quizás ese trámite está ahí olvidado y se decide acudir a urbanismo, dicho organismo tome cartas en el asunto por no haber puesto en conocimiento de ellos este asunto en estos años previos.

 
alexat
alexat
31/08/2019 11:13

Hola, su caso depende del sitio donde viva por éso de como es este país con sus mil normativas.

Hasta hace unos años al menos los ayuntamientos que yo conozco, la licencia de obra y todos esos trámites en la mayoría de las ocasiones los hacía el contratista y rara vez las licencias las pedían los promotores o lo que es en este caso la presidenta.

Si el edificio estaba catalogado como en ruinas, tiene que haber ido algún técnico del ayuntamiento y sino ha ido para cerrar la obra tendrá que ir.

Lo que le recomiendo es que vayan directamente a hablar con urbanismo, expongan su caso a los técnicos de urbanismo y ellos le dirán su situación y lo que hay que hacer, porque cada ayuntamiento funciona de una manera y lo mejor es ir allí.

Manden al presidente, al administrador a quien sea que les saque una fotocopia o un dossier de la situación actual, convoquen una junta si lo creen necesario y procedan a solucionarlo.

 

 
F
fullconta
29/08/2019 16:02

Buenas tardes y muchas gracias por responder. El periodo de duración de la licencia lo desconozco completamente. Esta señora cuando se concedió la licencia, que sí recuerdo que fue en el año 2007, lo único que nos informó fue que la licencia estaba otorgada, pero del contenido de la misma no nos informó nada. A mí también me resulta extraño, ya que como usted bien dice, es raro que urbanismo no se haya puesto en contacto con la comunidad en estos doce años, y más teniendo en cuenta que las obras se realizaron de forma urgente, ya que el edificio estaba catalogado “En ruinas”. Los vecinos por nuestra parte creíamos que las gestiones para dar por finalizada la obra estaban más que realizadas por parte de la entonces presidenta, pero nuestra sorpresa ha sido mayúscula cuando el administrador sustituto ha comunicado que aún no se han realizado esas gestiones, y lo que es más sorprendente, que urbanismo no nos haya comunicado nada. Al menos que a la entonces presidenta sí se le requiriese la documentación pertinente y ella hiciese caso omiso, aparte de no informarlo a la junta de propietarios. 


Editado por fullconta 29/8/2019 16:05
 
V
vecinoOnFire
29/08/2019 08:34

Buenos días, 

Yo pienso que en caso de sanción obviamente sería responsable la comunidad ya que es sobera para elegir al presidente que la represente.

¿De cuánto tiempo era la licencia de obras?, porque supongo que de haber sanción es raro que no se os haya comunicado después de 12 años.

Saludos,

 

Fin del hilo
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