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V
vecinoOnFire
16/10/2019 11:26

¿Se puede pedir al administrador acceso a las cuentas de la comunidad?

¿Puede un propietario realizar transferencias desde la cuenta de la comunidad?

3.206 lecturas | 18 respuestas

Buenas, 

¿Se puede solicitar acceso a la cuenta de la comunidad al administrador y obtener permiso para realizar transferencias?. El administrador nos ha dicho que no aunque sea el presidente. Por un lado puede tener su lógica, pero por otro no tiene mucho sentido.

Gracias y saludos,

 
E
Eloy516
07/11/2019 01:07

carolinevega dijo:

le vuelvo a indicar que yo de administradora no tengo ni un pelo, sólo intento informar de lo que indica la ley, pero deberia comprender una cosa y le pongo un ejemplo.

un administrador tiene muchos edificios que administrar, ignoro que minimo de ellos será rentable, pero pongamos un número, 40, dentro de estos edificios los habrá de diferentes tamaños más y grandes y más pequeños algunos los habrá de 20 y otros de 100, pues usted piense que del edificio de 100 que acudan 50 a su despacho a solicitarle información y explicaciones, esa administración no haría más que  facilitar información, de ahí que existan sentencias de que no tengan obligación de informar a un único propietario.

luego existen los que no van a las juntas pero estan todo el día dando la matraca y protestando por que desconocen la LPH.

le voy a contar una cosa que me dijo mi administrador, un día le llamó una señora diciendole que tenian que ir a su casa a repararle el calentador

nos guste o no es así

Quien mucho abarca poco puede.

Es decir, aquel que pretende gestionar muchas cosas al mismo tiempo, no será capaz de realizar ninguna, por lo cual es preferible centrarse en menos responsabilidades para lograr mejores resultados, y tener contentos a sus administrados.

En definitiva, los administradores solo quieren derechos, obligaciones las minimas, y si puede ser ninguna, pues mejor que mejor. Y a seguir viviendo, que son dos días.

 
carolinevega
carolinevega
06/11/2019 12:49

y olvidese del colegio de administradores, ellos no nos defienden, defiende a los que anualmente pagan una cuota

 
carolinevega
carolinevega
06/11/2019 12:48

le vuelvo a indicar que yo de administradora no tengo ni un pelo, sólo intento informar de lo que indica la ley, pero deberia comprender una cosa y le pongo un ejemplo.

un administrador tiene muchos edificios que administrar, ignoro que minimo de ellos será rentable, pero pongamos un número, 40, dentro de estos edificios los habrá de diferentes tamaños más y grandes y más pequeños algunos los habrá de 20 y otros de 100, pues usted piense que del edificio de 100 que acudan 50 a su despacho a solicitarle información y explicaciones, esa administración no haría más que  facilitar información, de ahí que existan sentencias de que no tengan obligación de informar a un único propietario.

luego existen los que no van a las juntas pero estan todo el día dando la matraca y protestando por que desconocen la LPH.

le voy a contar una cosa que me dijo mi administrador, un día le llamó una señora diciendole que tenian que ir a su casa a repararle el calentador

nos guste o no es así

 
E
Eloy516
05/11/2019 23:48

carolinevega dijo:

Cuando decimos que el administrador no tiene obligacion de informar a un único propietario fuera de la junta, usted que entiende?

 

Pues yo entiendo que es una AUTENTICA DICTADURA. Es decir, los administradores corruptos se amparan en leyes,disposiciones y sentencias que amparan sus corruptelas.

En cambio, los administradores “no corruptos”, te enseñan todo lo que les pidan, sin ningún problema, lo diga quien lo diga.

Conclusión: Las adminstraciones de comunidades de propietarios al 80%, las gestionan gente sin escrupulos, con el único interés personal de incrementar su patrimonio personal.

NO EXISTE VOLUNTAD MANIFIESTA POR PARTE DE LOS CORRUPTOS GOBERNANTES ACTUALES, NI DE LOS COLEGIOS DE ADMINISTRADORES DE FINCAS, PARA EVITAR EL DESAMPARO LEGAL DE LOS PROPIETARIOS, CONTRA EL ABUSO DE MUCHOS ADMINISTRADORES, Y ASI NOS VA. ESTO NO HAY QUIEN LO ARREGLE.

 

 

 

 
carolinevega
carolinevega
04/11/2019 21:58

Cuando decimos que el administrador no tiene obligacion de informar a un único propietario fuera de la junta, usted que entiende?

 
M
MariaSandos
04/11/2019 21:19
Buenas. Y en el caso de que un propietario de manera individual quisiera conocer el desglose de un recibo en el que se incluyen conceptos no especificados ¿estaría obligado el administrador a mostrar dicho desglose?
 
carolinevega
carolinevega
02/11/2019 23:41

Que no, el administrador sólo rinde cuentas a la comunidad, no a un único propietario

Eso ya se ha dicho y demostrado por activa y por pasiva, no volvanos al principio 

 
carolinevega
carolinevega
26/10/2019 15:19

Es muy peligroso aconsejar cuando se desconoce la respuesta adecuada.

Grupomadc, quien le ha dicho a usted que el administrador tiene que entregar el libro de actas?

 
carolinevega
carolinevega
24/10/2019 15:12

Usted misma dice lo que venimos diciendo

El administrador no puede negar nada a la comunidad, pero si a un propietario aunque este sea presidente si no está autorizado

 
beadzdq
beadzdq
24/10/2019 09:58

Hola. Claro que puedes solicitar acceso pero en realidad la Comunidad, en junta, es la que tiene que aprobar quienes son los que tienen firma en la cuenta.  No solo puedes si no que por ser propietario y ademas presidente, le puedes pedir copias de todo.  En las juntas de mis Comunidades siempre insisto, como administradora, que tambien tiene que estar el Presidente en la cuenta por movitvos de seguridad y transparencia.

Yo haria una junta en la que se votara que en la cuenta tienen que estar obligatoriamente siempre el administrador y el presidente.  Y en todas las juntas ordinarias al cambiar la presidencia hay que tambien aprobar que el nuevo presidente tenga firma y revocar la firma del anterior.  E insiste en que te de copias de todos los movimientos y facturas que quieras.  La COMUNIDAD es la PROPIETARIA de la documentacion y la Comunidad tiene derecho a ver lo que quiera especialmente el presidente.  El administrador solo maneja la documentacion y los datos y no tiene derecho a negarle a la Comunidad nada.  Ademas, viendo los movimientos en realidad no se esta infringiendo ninguna Ley de Datos.

Busca y lee el articulo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal.  Te dice todos los derechos y obligaciones del presidente de la Comunidad

Un saludo


Editado por beadzdq 24/10/2019 10:06
 
V
vecinoOnFire
22/10/2019 09:29

Así ya aclarado. Gracias y saludos

 
carolinevega
carolinevega
21/10/2019 16:13

El administrador debe atenerse a lo aprobado en junta y como usted mismo indica, usted no esta incluido en la cuenta, por lo cual el administrador esta actuando correctamente.

Efectivamente, en junta se aprueba que la cuenta este mancomunada que pueden estar cuantos deseen, no sólo administrador y presidente.

Necesario mayoria simple en segunda convocatoria

 
V
vecinoOnFire
21/10/2019 15:18

carolinevega dijo:

Perdon, habia mal interpretado sus palabras, dado que es muy extraño que un presidente no tenga acceso a manejar la cuenta

Usted no nos ha explicado si en junta se aprobó que la cuenta debe estar mancomunada, si no se ha aprobado este punto, es que la comunidad no desea que usted pueda manejarla.

La culpa es de la comunidad y el administrador tiene razón.

 

No tengo, porque sinceramente es algo que me gustaría evitar y, la verdad que no veía necesidad hasta el momento. No he explicado nada porque en junta nunca se ha votado ni que sea mancomunada ni que no, de todos modos no habría ningún vecino en desacuerdo, de hecho soy presidente por elección unánime y sin que me correspondiera. Solamente quería saber hasta que punto tiene o no razón el administrador. Está claro que la comunidad sule ser responsable de todo ya sea por desconocimiento o dejadez pero eso ya lo tenemos asumido, así que a mí lo que me interesa es intentar conocer que es legal y que no para intentar solucionar estos malentendidos.

En resumen, para este caso bastaría votarlo en Junta y listo, ¿verdad?.

Gracias! 

 
carolinevega
carolinevega
21/10/2019 14:59

Perdon, habia mal interpretado sus palabras, dado que es muy extraño que un presidente no tenga acceso a manejar la cuenta

Usted no nos ha explicado si en junta se aprobó que la cuenta debe estar mancomunada, si no se ha aprobado este punto, es que la comunidad no desea que usted pueda manejarla.

La culpa es de la comunidad y el administrador tiene razón.

 
V
vecinoOnFire
21/10/2019 14:10

Eloy516 dijo:

Por supuesto que se puede solicitar, faltaría más. Conozco a algunos administradores que te enseñan todo, sin inconveniente alguno. Como debe ser.

El gran problema es que existe una gran mayoría de administradores, que no la quieren enseñar, porque suelen esconder a través de su entramado contable, partidas raras y extrañas, con destinos economicos desconocidos, y casi siempre lo justifican, haciendo mención a la Ley de Protección de Datos, y a una sentencia de la audiencia de Málaga, que lo prohibe.

Por desgracia esto es lo que hay, pero pídala usted, a lo mejor tiene la suerte de que su administrador es honrado, advirtiéndole que la lógica siempre será la del administrador, aunque sea un sinsentido. 

¡¡Suerte!! Pero lo dicho. Esto es lo que hay, y no lo arregla nadie.

 

 

Muchas gracias

 
V
vecinoOnFire
21/10/2019 14:09

carolinevega dijo:

Lo que no acabo de entender para nada, es que si usted no tiene cargo alguno, que transferencia va hacer y a quien?

Y por supuestoque no se puede pedir permiso al administrador, el no es el titular de la cuenta, se lo deberá pedir al titular

 

Soy presidente, lo que yo no entiendo es por qué afirma que no lo tengo cargo alguno si yo no lo he dicho…...frown. La transferencia es a la empresa constructora que realiza la obra con la que nos comprometemos a pagar en un día determinado y no podemos cumplir por el motivo expuesto retrasándose la obra una semana.

 

Gracia sy saludos,

 
carolinevega
carolinevega
20/10/2019 00:06

Lo que no acabo de entender para nada, es que si usted no tiene cargo alguno, que transferencia va hacer y a quien?

Y por supuestoque no se puede pedir permiso al administrador, el no es el titular de la cuenta, se lo deberá pedir al titular

 

 
E
Eloy516
19/10/2019 23:56

Por supuesto que se puede solicitar, faltaría más. Conozco a algunos administradores que te enseñan todo, sin inconveniente alguno. Como debe ser.

El gran problema es que existe una gran mayoría de administradores, que no la quieren enseñar, porque suelen esconder a través de su entramado contable, partidas raras y extrañas, con destinos economicos desconocidos, y casi siempre lo justifican, haciendo mención a la Ley de Protección de Datos, y a una sentencia de la audiencia de Málaga, que lo prohibe.

Por desgracia esto es lo que hay, pero pídala usted, a lo mejor tiene la suerte de que su administrador es honrado, advirtiéndole que la lógica siempre será la del administrador, aunque sea un sinsentido. 

¡¡Suerte!! Pero lo dicho. Esto es lo que hay, y no lo arregla nadie.

 

 

Fin del hilo
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