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lassove
lassove
01/05/2020 20:43

Prohibir entrada a okupa por el portal

1.889 lecturas | 3 respuestas

 ¿ Se puede prohibir la entrada al portal a un okupa de piso ubicado en ese portal ?

 
MiguelAriasVillalba1
MiguelAriasVillalba1
21/10/2023 18:40
Buenas tardes. Me interesa saber si obtuviste una respuesta clara a tu pregunta. En mi comunidad queremos reparar las puertas de acceso para evitar robos y entonces solo daríamos llave a los propietarios. Pero hay una okupa que entonces ya no podría acceder a "su" vivienda.
Estaríamos cometiendo un delito al impedirle de este modo el acceso a la comunidad?
 
A
aserval
01/05/2020 21:52

1º La propiedad privada no es un derecho fundamental.
En cambio, la inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental, prevaleciendo por tanto este último derecho sobre el primero.

Artículo 33 de la Constitución Española: 1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. ... Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

 
carolinevega
carolinevega
01/05/2020 21:24

y usted ha pensado como lo prohibiria?

con la palabra?

 

 

Fin del hilo
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