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Maillo84
27/05/2020 18:37

Tuberias de gas robadas

¿Quién cubre los gastos por robo de tubería de gas en la comunidad?

4.306 lecturas | 11 respuestas
Buenas tardes! Os comento mi duda.
He comprado un piso de segunda mano, y al dar de alta los suministros, nos hemos percatado que en el cuarto de contadores del gas han robado el tramo de tuberia que va desde el contador hasta el techo del cuarto.
Nos han dicho que el presupuesto varia en funcion de que haya que picar el techo o no para meter tubos.
Esto lo cubriria el seguro de la comunidad? Mi sehuro de hogar aun siendo nuevo? Un saludo y gracias.
 
.sabina
.sabina
01/06/2020 18:33

Maillo84 dijo:
hemos hablado con el Administrador del edificio, y nos comenta que seguramente tenga que hacerse cargo la comunidad al tratarse de elementos comunes. 

 

No tiene por qué hacerse cargo la comunidad de algo que Ud. firmó en un contrato con una cláusula de a CUERPO CIERTO.

Vender algo como cuerpo cierto. Quiere decir que sabe lo que está comprando porque lo ha visto, no puede reclamarle nada a la comunidad, Ud. ya lo sabía o debería saberlo y reclamárselo al vendedor.

 
carolinevega
carolinevega
01/06/2020 16:39

Pero que falte un trozo de tuberia no creo que sea vicio oculto.

Y como usted bien apunto en este caso no cree que sea viable ante los tribunales

 
carolinevega
carolinevega
01/06/2020 15:08

Si Desistir significa ni más ni menos que renunciar a aquello que se venía sucediendo o por lo que se estaba actuando, siempre dando a entender una postura negativa o de cierta frustración por tal abandono.
O Renunciar [una persona> a algo que había empezado o a un plan o proyecto que tenía.
En el primer casobno puedes renunciar a aquello que venia sucediendo, dado que ya sucedio en el pasado.

Y en el segundo ejemplo no se puede renunciar avun proyecto, dado que ya dejo de serlo.

En el caso de desistir de comprar una vivienda es cuando se haya dado una señal de arras.

Si lo has comprado, podrás denunciar pero no renunciar a la compra, que yo sepa las viviendas no tienen un tipo de cadencia para devolver el producto como si fuese un chandal comprado en Carrefour

 

 
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Maillo84
01/06/2020 14:34
Como ya dije en el primer mensaje, ya esta comprada. Y por 3 o 4 metros de tubo, creo que no merece la pena renunciar a una vivienda. Todos sabemos lo que cuesta escoger la adecuada. De todos modos gracias por la respuesta
 
M
Maillo84
01/06/2020 14:31
Muchisimas gracias por la respuesta.Efectivamente hemos hablado con el Administrador del edificio, y nos comenta que seguramente tenga que hacerse cargo la comunidad al tratarse de elementos comunes. En cuanto lo solucione, informaré por aqui por si a alguien le pudiese servir la situación. Un saludo
 
M
Maillo84
01/06/2020 14:28
Efectivamente! Ya está comprada jeje
 
carolinevega
carolinevega
01/06/2020 13:28

Pero como va a pensar desistir de la compra del piso si ya ha dicho que lo ha comprado?

 
A
alexar69
01/06/2020 11:36

Y no has pensado desistir de la compra?

https://www.pisos.com/aldia/cuando-se-puede-rescindir-el-contrato-de-compraventa/76018/ 

Existencia de vicios ocultos

La existencia de vicios ocultos o defectos en la vivienda previos a la compraventa pueden ser causa de resolución del contrato por parte del comprador, porque “el vendedor responde del saneamiento por evicción o vicios ocultos de la cosa vendida”, puntualiza Ruigómez. La Ley de Ordenación de la Edificación establece los plazos que existen para la reclamación de vicios ocultos en la vivienda nueva.

Estos plazos van desde un año para el arreglo de los daños materiales por vicios ocultos que afecten elementos de acabado de las obras; tres años cuando son defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones incumpliendo los requisitos de habitabilidad, y 10 años por vicios ocultos que afecten a elementos estructurales (vigas, muros de carga, soportes, etc.) que comprometen la estabilidad del edificio. “En la vivienda de segunda mano hay que recurrir al artículo 1.490 del Código Civil para reclamar por vicios ocultos, pero el plazo se reduce a 6 meses”, puntualizan en AOB Abogados.

 
ADDministrador
ADDministrador
28/05/2020 12:05

Buenos días,

Una póliza de seguro únicamente se hará cargo de un siniestro si éste se ha producido durante la vigencia de la póliza. En este caso si el robo de la tubería es anterior, me temo que el seguro de hogar se desentenderá de su cobertura. 

Ahora bien, según el artículo 396 del Código Civil, las canalizaciones son comunes hasta la entrada en la vivienda o local. En consecuencia, toda avería (o siniestro) que se produzca hasta la entrada se produce en la parte común de la canalización por lo que le competerá a la comunidad con independencia de donde se encuentre ubicada la llave de corte o el contador.

Por tanto, será el seguro de la comunidad quien se deba hacer cargo previa presentación de la denuncia pertinente. Hable con su administrador o presidente para su gestión.

Espero haberle ayudado.

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Móvil: 722 192 037 - info@addministrador.com

Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
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Maillo84
27/05/2020 23:19
Muchas gracias por la respuesta. Tenia la duda de si el seguro al ser recien adquirida, se hiciese cargo de "rabietas" anteriores, pero haremos lo propio y a ver como se soluciona. Una vez mas muchas gracias por la respuesta
 
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Mel19
27/05/2020 22:47

Parece ser que el propietario anterior se marchó de malas formas y arranco la tubería posiblemente pagada por él.

Si se lo cubriría el seguro si previamente interpone una denuncia por vandalismo en comisaría, adjuntando informe pericial de lo que se observa actualmente allí.

Tendrá Ud. que dar parte a su seguro de hogar, y entre seguros, hogar y comunitario ya se pondrán de acuerdo para abonar la presunta rabieta del antiguo propietario.

 

Fin del hilo
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