Buenas noches, estoy en una comunidad de propietarios que tiene una antena móvil y la comunidad percibe unos ingresos trimestrales. Mi pregunta es, bajo vuestra experiencia, si me podríais orientar:
- ¿La comunidad debe realizar la declaración a la AEAT? ¿o cada uno de los propietariosd declara como ingreso ese importe con su coeficiente de participación?
- ¿Hay que declarar el igic? y si la respuesta es afirmativa ¿quién debería realizar el pago, la empresa o la comunidad?
- La AEAT podría sancionar a la comunidad por no haber realizado los ingresos ? ¿cuanto sería el % del recargo? y ¿cuántos años habría que declarar con efecto retroactivo?
Muchas gracias de antenamo por sus respuestas.
Saludos