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C
casamallo
13/11/2022 18:59

Acuerdo ascensor y salida de humos.

¿Puedo aclarar mis dudas como nuevo propietario?

1.194 lecturas | 9 respuestas

Perdonen tantas preguntas, soy nuevo propietario y estoy lleno de dudas.

En su día, se aprobó, por unanimidad, según me informan, la instalación de ascensor y chimenea para el local de hostelería del bajo, dicen que hay un acuerdo, pero no me lo muestran, yo compro a cuerpo cierto (compro lo que veo) me voy enterando de que no hay estatutos, el local de la chimenea tiene acceso por el portal, no paga nada de comunidad (parece que le concedieron la exención de todo en aquel acuerdo, a cuenta de que diera conformidad para el ascensor) al decir nada es nada, ni seguro comunitario, ni honorarios de administrador, limpieza etc. todo como consecuencia de aquel acuerdo, 

Pregunto: ¿Me vincula de alguna manera este acuerdo? ¿Qué yo como vecino tenga que pagar los gastos generales al local? Y que el anterior propietario de mi piso no abonó parte del ascensor.

Tengo la certificación del título constitutivo, y efectivamente compruebo la falta de estatutos, falta de normas de comunidad, exenciones, prohibiciones, etc. no aparece nada, el título indica la cuota de participación en total 100%, linderos y nada más.     

 
carolinevega
carolinevega
20/11/2022 15:07
Manuel estate tranquilo, en ningún momento me he sentido ofendida contigo. Porque? Pues porqué tus palabras no desprenden desprecio, ni en ningun momento tienen tintes sexistas
 
ManuelPB
ManuelPB
20/11/2022 12:57
Lo del que le vendió el piso no le notifico lo del ascensor, se considera vicios ocultos.
Lo que dice que no le enseñan las actas con los acuerdo, entonces. vía judicial.
Abogado, para poder se más preciso y mejor si su dedicación en comunidades.
 
ManuelPB
ManuelPB
20/11/2022 12:46

Carolinevega, ruego me disculpes por my torpeza, en ningún momento fu falterte.

Si usted es nuevo como nos dice tiene el derecho de impugnar las reuniones anteriores que no cumplan con la ley y LPH, pero prepare Euritos.
 
carolinevega
carolinevega
20/11/2022 11:05
No manuelPB, la falta de respeto no fue hacia Arvi1, fue hacía mi, al solicitar la respuesta de expertos.
Si yo hubiese sido un hombre, no habría dicho eso, y esas palabras y esa forma de comportamiento tiene una clara definicion en castellano, que todo el mundo es conscientecual es
 
ManuelPB
ManuelPB
20/11/2022 09:52

Primero pida disculpas a ARV1 por la falta de respeto.
Usted cuenta su verdad no la verdad verdadera, por lo que veo.
Lo mejor es un abogado y todos los papeles en la mesa con 9000€ y lo entenderá.
Gracias
 
ARV1
ARV1
14/11/2022 14:42
Mire...mi opinión es que se ponga en manos de un abogado. Desde aquí le podemos asesorar en la medida de la información que nos aporte, pero no podemos ver qué acuerdos ni documentación posee para poder ofrecerle una opinión más efectiva. Seguramente ese local para ceder su voto positivo a la comunidad tuvo que hacer alguna concesión y como contrapartida exigió esas exoneraciones en los pagos que la comunidad le concedió. Hay que ver las actas con los acuerdos, el título constitutivo y posiblemente tenga que ir a juicio para defender sus derechos y solo un abogado analizando la documentación le puede asesorar objetivamente.
 
C
casamallo
14/11/2022 12:27

Por favor carolinevega, prefiero que me conteste un experto, Por lo que leo y entiendo Ud. carece de conocimientos, y sinceramente con la preocupación que tengo lo que menos me apetece es leer respuestas sin sentido. No participe en mi consulta, lo ruego encarecidamente.

Por si complementa mi exposición, en su día el local otorgó su voto positivo con la condición de exonerarle del todos los pagos de comunidad,

 
carolinevega
carolinevega
14/11/2022 00:16
No es necesario la existencia de estatutos ni normas.
Como ya tiene el título constitutivo y no esta inscrito la excepcion de abono de cuota por el local. Solicite que en la próxima junta se trate este tema dado que al no estar registrado a usted no le afecta ni lo acepta por lo que indica el art.5
El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la Ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros si no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad.
Lo que cuenta es muy extraño, porqué no tiene sentido que el local tenga que dar permiso para la instalacion del ascensor.
A parte esta el tema de que el antiguo propietario no pago una parte del ascensor, por lo cual existe una deuda y se no se ha abonado, usted responde de ella y figurará como moroso. Figura ?
 
L
luismp
13/11/2022 19:42
Ese tipo de acuerdos, como la modificación del reparto de gastos, si no están registrados (R. P.), no afectan a terceros, en este caso usted.
Otros, como la instalación del ascensor, no necesitan ser registrados, se acuerdan y se ejecutan, pero tendrá que aclarar eso de que el anterior no pagó parte del ascensor.
 

Fin del hilo
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