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Yuli40
02/03/2023 17:39

Azotea propiedad horizontal

¿Se puede denunciar una construcción en zona común?

3.895 lecturas | 8 respuestas

Hola buenos días, quería preguntarle una duda, tengo un vecino que vive arriba, y está haciendo una casa de madera en la azotea de punta a punta, creo que en zona común no se puede hacer, dice tener permiso de los demás vecinos, pero el nuestro no, quería saber si se puede denunciar, gracias

 
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Yuli40
03/03/2023 12:40

Muchas gracias por su comentario tan afortunado, me ayuda mucho a despejar la duda, ahora me ha dejado otra ¿Cómo puedo saber si la azotea es elemento común?. He leído el arti 396 que dice lo siguiente, pero no entiendo nada. ¿Me lo explica por favor?

Los diferentes pisos o locales de un edificio o las partes de ellos susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquel o a la vía pública podrán ser objeto de propiedad separada, que llevará inherente un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio, que son todos los necesarios para su adecuado uso y disfrute, tales como el suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elemento de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores; el portal, las escaleras, porterías, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores, depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso aquellos que fueren de uso privativo; los ascensores y las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos; las de detección y prevención de incendios; las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo; las servidumbres y cualesquiera otros elementos materiales o jurídicos que por su naturaleza o destino resulten indivisibles.

 

Fin del hilo
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