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Carmen968
Carmen968
25/08/2023 13:41

Dudas deudas acta

1.140 lecturas | 5 respuestas
Buenos días
Al recibir la documentación he encontrado que el anterior presidente debe 2012/13/14
Debo hacerlo constar en acta aunque no sea ya exigible?
Gracias!
 
ARV1
ARV1
25/08/2023 20:57
Reclamamelo vía judicial y verán lo que te dirán. Ha prescrito. Haberlo reclamado en su momento. Si no lo hizo es porque usted aceptó la renuncia de la deuda, de lo contrario, haberlo hecho en tiempo y forma. La deuda ha prescrito y la reclamación también. Y si sigues reclamandome lo que no debo, me pensaré en demandarle por acusarme de deudor, difamación, etc....
Las deudas que no se reclaman en tiempo y forma ya no son exigibles.

Editado por ARV1 26/8/2023 11:46
 

Fin del hilo
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