Costantina, ves, esta si me parece una gran respuesta, pero, claro, todo esto no sirve de nada si se ha aprobado por unanimidad. Pues, si se aprueba por unanimidad, no hay que esperar a nada porque ningún propietario puede ir en contra de sus votaciones favorables.
Pero claro, no sabemos nada de nada en cuanto al número de votos a favor o en contra y no podemos afirmar que el presidente acierte al esperar este tiempo por el motivo que expones tú porque los acuerdos son ejecutivos desde el mismo cierre de la junta. Ya que lo que dice el 17.4 no es precisamente que se paralicen las obras sino que no paguen los que se nieguen (Mal resumido por mí).
Editado por Tripolin 9/3/2024 16:57