Cuando se está a filo de las 100 lecturas en menos de 48 horas, y sin que Luismi exponga la solución de primero de P.H como él ha dicho, resolveré el enigma.
Doña Antonieta se opuso siempre al ascensor (posiblemente porque no le haría falta por pertenecer a la planta baja), no participó en la derrama acordada por mayoría en la junta, además manifestó públicamente que no realizaría ningún ingreso. Todo esto fue valorado por el Tribunal de la A.P. ; además, la junta como órgano supremo tomó el acuerdo de que en caso de recibir la subvención su reparto se haría porcentualmente a los ingresos de tal derrama. Doña Antonieta no había realizado ningún ingreso y por tanto, la comunidad no contó con ella para tal reparto. Doña Antonieta entró en cólera y se opuso al acuerdo demandando a la comunidad, ya que la subvención era a toda la comunidad y no parcialmente, por lo que aquel acuerdo era nulo. La A.P. unificó criterio con el juez de instancia y dio la razón a la comunidad. Doña Antonieta se quedó sin subvención, tuvo que pagar los 11.000€ que le correspondía de su bolsillo y se fue a casa con las costas procesales de ambos juicios.
AP Zaragoza, Sec. 2.ª, 359/2021, de 20 de octubre.
Se presume que el coste total que tuvo que pagar de la instalación del ascensor pasaría de los 15.000€.
Sean felices y que tengan buenos Reyes.