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C
Carmen73
11/01/2025 13:25

Junta de gobierno

121 lecturas | 6 respuestas
Necesito saber con cuanto tiempo de antelación tengo que convocar una junta de gobierno como presidenta. Solo el administrador y vocales. El administrador me pone impedimentos para convocarla.
Gracias.
 
A
AltosMarbella
12/01/2025 16:12
La junta de Gobierno no es un organo reconocido en la ley española. Así que habra que estar a lo que digan sus estatutos o hayan decidido en Junta de Propietarios.
 
Kurrito
Kurrito
12/01/2025 15:57
Si el administrador le pone pegas, pase del administrador y reúnase con los vocales cuando a ustedes les venga bien.
El administrador no es necesario
 
M
MUR2022
12/01/2025 14:11
Fontanero, Sólo hay que leer con detenimiento a Carmen, para percatarse que lo ha dejado muy claro, que es la junta de gobierno
Dice: sólo el administrador y vocales
Editado por MUR2022 12/1/2025 14:12
 
ARV1
ARV1
12/01/2025 11:46
Junta de Gobierno o junta de propietarios? Son dos cosas distintas. Pero sepa que es usted el que debe de convocarla y no el administrador, si bien es conveniente coordinar agenda para convocarla. Si el administrador le da largas tendrá que convocarla sin él pero debe tener constancia probatoria que le pidió realizar esa reunión con el orden del día que usted determine.
 
L
luismp
11/01/2025 14:30
Evidentemente, todos los vocales tenemos los emails de los demás vocales y del administrador. Cuestión de sensatez.
 
L
luismp
11/01/2025 14:27
Teoría, con la antelación suficiente para que los vocales se enteren.
Realidad, en mi experiencia, al ser un número reducido de personas, email del presidente proponiendo una o dos fechas, los vocales contestan, y se cierra una fecha y hora definitivas.
 

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