En principio, en Acta no deben constar más que los acuerdos, si bien también es habitual que figuren, por ejemplo, recordatorios sobre ciertas normas que no se cumplen, etc. Para que conste su reclamación de la misma forma que la de sus vecinos, deberá actuar igual que ellos. Por tanto, acudir a la reunión. Si no pueden en persona, pueden delegar en alguien que los represente.