EL PROBLEMA DE COBRAR AL MOROSO ESTÁ AQUÍ??
«No hay más coraje que le dé a un vecino que paga que haya otro que no lo hace y a veces los administradores pagamos el pato porque los procedimientos judiciales son tan lentísimos que en una liquidación de deuda, se le hace la notificación, se procede a una reclamación y entretanto han pasado dos años y está todavía pendiente de juicio».
Lo peor, lamenta, es cuando sale el juicio y se condena al moroso a pagar y no paga. En ese momento se inicia un proceso de investigación de bienes y de embargo de cuentas bancarias, «pero puede ocurrir que deba 1.200 euros a la comunidad y solo le hayan podido reclamar 47 de su cuenta bancaria». Se pasa entonces a la fase de investigar otras propiedades para embargarle, por ejemplo, el vehículo, «pero no es ni rápido ni fácil». En esos casos, Tráfico hace una anotación de embargo y «eso significa que si algún día vendiera el coche, tendría que darle una explicación a quién le compra el vehículo, pero la comunidad tampoco cobra».
En último caso, la comunidad termina recurriendo a embargarle la casa. Pero en ese caso, asegura Jiménez, los jueces se preguntan si no es excesivo para cobrar una deuda de, por ejemplo, 1.500 euros. «Y nosotros nos preguntamos: ¿Entonces, qué pasa, señoría, no cobramos?». Jiménez concluye que al final el vecino es moroso con todas las de la ley y que el juez lo puede condenar a pagar, pero si se niega a hacerlo, luego no hay de dónde cobrar. «El tiempo va pasando y los vecinos se sienten impotentes y con razón».