En una cooperativa, las normas no son las mismas que en una comunidad de vecinos. Aquí lo que de verdad pesa es lo que marcan los estatutos y la ley de cooperativas, que suelen ser menos estrictas. Si se plantea poner una piscina en la azotea y no se invade ninguna vivienda ni local, lo habitual es que con la mayoría simple de la asamblea sea suficiente. No se necesita que todos estén de acuerdo, salvo que los estatutos digan lo contrario, que no suele ser lo normal.
El tema está en si afecta a la propiedad de alguien en particular. Si la obra solo implica una zona común y no toca lo privado, la decisión se toma entre todos, pero con la mayoría que indiquen los estatutos. Si no se exige nada especial, la mayoría simple manda. Así lo suelen interpretar los tribunales, aunque no hay una sentencia del Supremo que lo deje zanjado para todas las cooperativas. Por ejemplo, la Audiencia Provincial de Madrid en 2013 lo dejó bastante claro: si no hay acuerdo en contra, la mayoría simple vale para aprobar cambios en zonas comunes.
Lo fundamental es repasar los estatutos de la cooperativa. Si no hay ninguna regla que pida una mayoría reforzada, con la mayoría simple es suficiente. Si alguien quiere recurrir la decisión, tendría que demostrar que se han vulnerado derechos individuales o que la asamblea no ha seguido el procedimiento. Pero en la práctica, tanto la ley como la costumbre suelen dar por buena la mayoría simple para estos asuntos.
No se quede con la idea de que hace falta unanimidad, salvo que en los estatutos esté muy claro. Eso es más típico de las comunidades de propietarios, no de las cooperativas. Si necesita ayuda para revisar los estatutos o localizar alguna sentencia concreta, se puede hacer, pero la regla general es la que le digo: mayoría simple y punto.