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Rpensa
01/03/2026 12:27

Suelo de la piscina súper resbaladizo en promoción nueva. ¿QUe hacer?

¿Cómo proceder en caso de resbaladicidad peligrosa en zonas comunes?

53 lecturas | 2 respuestas

Hola a todos, este es mi primer mensaje, encantada de saludaros.

Escribo porque estamos desesperados en nuestra urbanización (entregada hace 12 meses en el PAU de Valdebebas, Madrid). Resulta que la promotora ha puesto un gres porcelánico precioso alrededor de la piscina y en los soportales, pero este verano, en cuanto los niños salen mojados, es una pista de patinaje. Ya ha habido tres caídas este verano.

El administrador le ha reclamado a la constructora y dicen que el material 'está homologado'. Sin embargo, buscando asesoramiento técnico he encontrado esta tabla oficial sobre resbaladicidad de suelos del código técnico:
https://normatia.com/es/normativa/cte-db-sua/2022/seccion-sua-1-seguridad-frente-al-riesgo-de-caidas/#1-resbaladicidad-de-los-suelos
 

Ahí dice claramente que las zonas exteriores y bordes de piscina tienen que ser Clase 3 (la máxima resistencia al deslizamiento).

He mirado la ficha técnica del material que nos dejaron en el libro del edificio y pone que es Clase 2. ¿Alguien sabe si el Código Técnico permite alguna excepción para poner Clase 2 si está bajo techo en el soportal? ¿Sabeis como proceder en estos casos? Gracias

 
E
Eloy516
04/03/2026 20:13
Y Pilatos condenó a Jesucristo, y a continuación se lavó las manos.
 
L
lukatena
04/03/2026 12:42

El Código Técnico de la Edificación, DB-SUA 1 (Seguridad frente al riesgo de caídas), establece que los suelos deben cumplir clases de resbaladicidad según el uso y la exposición al agua. Las zonas exteriores peatonales y los bordes de piscina deben ser Clase 3. Las zonas interiores que se mojan con frecuencia, como duchas, vestuarios o accesos inmediatos a la piscina, también deben ser Clase 3. Las zonas interiores secas corresponden a Clase 1, y si pueden mojarse de vez en cuando, Clase 2. La resbaladicidad se mide según la norma UNE-ENV 12633 mediante el método del péndulo (valor Rd) y las fichas técnicas deben reflejar la clase correspondiente.

Respecto a sus dudas, los bordes y coronación de la piscina, así como las playas exteriores, deben cumplir Clase 3. No importa si el material está homologado; si la ubicación y el uso requieren Clase 3, no hay excepción. Los soportales exteriores o semi-exteriores que puedan mojarse por bañistas o lluvia también deben ser Clase 3. Solo se permitiría Clase 2 si se demuestra que normalmente permanecen secos, algo poco probable en un entorno de piscina.

Para actuar, primero se recomienda una verificación técnica “in situ” mediante un ensayo con péndulo (UNE-ENV 12633) a un laboratorio acreditado en playas y soportales, porque la resbaladicidad real puede diferir de la ficha técnica si la instalación ha cambiado. Luego, se debe presentar un requerimiento formal a la promotora, constructora y dirección facultativa, adjuntando los resultados, citando el CTE DB-SUA 1 y exigiendo la corrección mediante sustitución o tratamiento antideslizante certificado, ya que se considera un vicio de construcción o defecto de habitabilidad.

Según la Ley de Ordenación de la Edificación, la seguridad de uso es un requisito básico. Los defectos que afectan a la seguridad se incluyen en la garantía trienal desde la recepción de la obra, siempre que no se hayan puesto reservas o estas se hayan subsanado. Si han pasado menos de doce meses, aún se está dentro del plazo y también se podría reclamar por incumplimiento contractual.

Mientras se resuelve, se pueden tomar medidas provisionales como señalización de riesgo, alfombras drenantes temporales o limitar el uso de las zonas más peligrosas. Si no atienden la reclamación, se puede levantar acta notarial de presencia o caídas, realizar informe pericial y valorar reclamación extrajudicial o, en su caso, acción frente a promotora, constructora o aseguradora decenal.

 

 

Fin del hilo
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