Buenas. Veo que el hilo está bien orientado. Solo añado dos cosas que creo, faltan:
Sobre quién canceló el seguro: la Ley 50/1980 del Contrato de Seguro (art. 22) obliga a la aseguradora a notificar con al menos un mes de antelación si no va a renovar la póliza. Si la compañía dice que fue la comunidad quien canceló, que presenten el documento de solicitud de baja firmado. Sin ese documento, la versión del gestor no se sostiene. En la reunión del sábado eso es lo primero que hay que exigir por escrito.
Sobre la responsabilidad: si durante el periodo sin cobertura hubiera ocurrido un siniestro (una caída en zona común, una fuga, un incendio…), el presidente respondería con su patrimonio personal. No el gestor, no la comunidad en abstracto: el presidente como representante legal que permitió la situación sin convocar junta. Eso es lo que tiene que entender bien, porque muchos presidentes no son conscientes de lo que firman cuando aceptan el cargo.
Para la reunión: que quede todo en acta, incluida la explicación del gestor y los documentos que aporte. Si no los aporta, que conste también esa negativa.