AZUCAR dijo:
Hola Chicos.
Perdonad que sea tan pesado, pero aún no me entero, o sea que tenemos que tener los de los gastos, eso no nos lo presta en banco? Además si yo quiero renunciar al préstamo cualificado puedo hacerlo?, entenderme, debo la entrada al banco y como es obvio no tengo dinero para los gastos, en este caso que puedo hacer. Echerme una mano, porque estoy viendo muy dificil que seamos vecinos.
Un saludo y gracias.
Efectivamente, tienes que tener antes los gastos. Lo de renunciar al préstamo, bueno, yo creo que sí que puedes, pierdes, obviamente las ventajas, pero como tu dices, si los gastos (el IVA, la notaría, etc.) se los tienes que pedir al banco pués mira a ver si puedes cancelar el que te ofrezcan y contratarlo con tu banco (claro que perderás las ventajes del préstamo cualificado, que sobre todo es el tipo al que lo dejan).
Deberías saber también si tu piso es o no es beneficiario de tal préstamo, porque si no lo es tienes más margen de negociar con quién te lo conceda, siempre lo que te resta, el famoso 80%.
Pero lo dicho ; Los gastos van aparte, y como estas obligado a subrogarte pues imagino que cuando te lo den tendrás que cancelar y que te lo preste tu banco. Me imagino que será eso.