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Rocio78
02/03/2011 19:48

carta de vimpyca

¿Recibiste la carta de Cajasur?

2.214 lecturas | 6 respuestas

Hola a todos!!!!

Que tal va?

Yo quería preguntaros si habíais recibido la carta donde dicen que nos personemos en cajasur y si habéis ido. Yo no he tenido tiempo, ni tengo la documentación aún, pero me gustaría que me orientárais a ver que os han dicho, si os han puesto problemas para la hipoteca, avales, etc. Espero que me informéis y os animéis a escribir en el foro. Saludos y hasta pronto.

 
pepe82
pepe82
28/03/2011 16:11

Buenas tardes, yo ya he entregado todos los papeles que nos han pedido, y en principio no hay problema.

Pregunte en la oficina de Cajasur una cosa que no sabía seguro, y me han dado una pequeña alegría.

La cosa es que con los cambios que han hecho en la ley de deducción de vivienda no sabía si ibamos a poder desgravar la hipoteca ya que la firma sería posterior al 31/12/2010, pero bueno, podemos respirar tranquilos ya que al haber pagado cuotas al promotor con anterioridad ya podremos deducir lo que paguemos de hipoteca hasta que se acabe...... mola eh??

 
D
deypa
23/03/2011 14:24

Pues mira, si te digo la verdad no tengo el e-mail.

Es que yo tenia la tarjeta del banco, y llamé primero para confirmar que la dirección que venía era correcta, y no lo era. Me dieron uno, y luego la documentación no llegaba...y es que lo tramité todo desde el trabajo, y ya luego me dieron otro....en fin...mejor te aconsejo que llames también y que ellos te den desde primera a donde lo puedes enviar....además, depende de quien te coja el tlf te dan uno u otro...y sinceramente. ante la duda..mejor que te lo confirmen ellos!!!!

 

Te aseguro que son muiy amables y te atienden sin ningún tipo de problema...

 

Suerte!!!!!

 
D
deypa
04/03/2011 13:49

Hola a todos!!!hace mucho tiempo que no escribimos por aqui.....pero parece que poco a poco la cosa va tomando forma!!!

 

Bueno deciros que a nosotros tb nos llegó la carta...y aunque yo no me he personalizado en el banco, lo he tramitado por e-mail.

Desde el banco me han dicho que en principio no es para el estudio de la hipoteca ( vamos, insisto, eso dicen) se trata para el tema de la subvenciones, no sé.....pero que ahí se queda la cosa vamos, llevas la documentación y ya está. Ya nadie te dice más nada, cómo es cosa del banco para la subvención, para qué ta van a llamar no???

Eso es lo que os puedo decir sobre este tema, ya cada uno supongo que irá contando que tal!!! entre unos y otros podemos ir teniendo más información.

Saludosssss Vecinoss

 
R
Rocio78
03/03/2011 19:58

gracias!!mantenernos informados, por favor!! Un saludo

 
pepe82
pepe82
03/03/2011 15:52

Buenas, a mi aún no me ha llegado, pero ya he leído la de mejorescolegios. Parece que es para ver ya el tema de la hipoteca. He estado buscando y os dejo una descripción de lo que es una subrogación de hipoteca:

 

Cita:

Subrogación. Es el acto de modificar las condiciones de un contrato para sustituir a una persona (física o jurídica) por otra en el ejercicio de un derecho o el cumplimiento de una obligación existente en dicho contrato. La subrogación en un préstamo hipotecario, supone el cambio de la entidad financiera ante la cual asume la obligación de pago el prestatario.

Podemos entender dos formas de subrogar:

a) Subrogación con cambio de entidad financiera. El trámite jurídico de sustitución del acreedor hipotecario (Banco, Caja), es decir, el caso en que el prestatario cambia su préstamo a otra entidad financiera que le mejora las condiciones del préstamo hipotecario a través de los tipos de interés. La subrogación sólo permite la variación de los tipos de interés, debiéndose respetar las restantes condiciones del préstamo (capital pendiente de amortizar, plazo de amortización...).

La subrogación de un préstamo hipotecario implica un ahorro en la apertura y formalización de una nueva hipoteca (Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios).

b) Subrogación por asumir obligaciones ya contraídas. También se conoce por subrogación la acción por la que el comprador de una vivienda asume los derechos y obligaciones de otra persona. Puede ser el caso de un préstamo anteriormente concedido con garantía de dicha vivienda. Es habitual cuando se compra una vivienda directamente al promotor de la misma, el cual obtuvo un préstamo hipotecario para financiar la construcción.

 
mejores.colegios
mejores.colegios
03/03/2011 15:30

Yo la he recibido también. No me ha dado tiempo de ir por cajasur, en cuanto vaya pondré toda la información que me den por aquí para que sepáis todos de que va el tema.

 

Saludos

 

Fin del hilo
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