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N
NOEPAC
11/05/2005 19:45

FIRMA DE CONTRATO

733 lecturas | 6 respuestas
SABEIS CUANDO VA SER LA FIRMA DE LA FASE DE LA HACIENDA DEL INFANTADO? PARECE QUE NOS ESTAN TOMANDO EL PELO LLEVAMOS UN AÑO DE ESPERA,SUPONGO QUE NOS RESPETARAN LOS PRECIOS SINO VAYA GRACIA.
 
L
LuSen
16/08/2005 19:18
Ah! cyoc respecto a lo del silencio administrativo,puedes mirar en www.munimadrid.es la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas donde te pone todo lo referente a obtención de licencias. Os adjunto la sección concreta de la ordenanza referente al silencio administrativo.
Saludos!
Sección 3ª.- Resolución del procedimiento

Art. 45.- Resolución del procedimiento.


1. Los servicios municipales competentes emitirán un único informe técnico y el correspondiente informe jurídico que contendrá la propuesta de resolución de:


a) Denegación, motivando detalladamente las razones de la misma.

b) Otorgamiento, indicando los requisitos o las medidas correctoras que la actuación solicitada deberá cumplir para ajustarse al ordenamiento en vigor.


2. La resolución del órgano competente deberá producirse en el plazo máximo establecido en esta Ordenanza para cada tipo de procedimiento, contado desde la fecha en que se considere iniciado el expediente.


Art. 46.- Plazo máximo para la resolución de los procedimientos.


1. El órgano competente deberá otorgar o denegar las licencias urbanísticas resolviendo los procedimientos en el plazo máximo de quince días para las actuaciones comunicadas, un mes en el procedimiento simplificado, dos en el ordinario abreviado y tres en el procedimiento ordinario común.

2. A los efectos del cómputo de los plazos establecidos en el párrafo anterior se considera iniciado el expediente en la fecha de entrada de la documentación completa en el Registro del órgano competente para resolver, con la particularidad establecida en el Art.42.2


Art. 47.- Régimen jurídico del silencio administrativo.


1. Cuando transcurriesen los plazos señalados para resolver la licencia, con las interrupciones legalmente procedentes, sin que la Administración municipal hubiera adoptado resolución expresa, operará el silencio administrativo de la siguiente forma:


a) Si la licencia solicitada se refiere a actividades en la vía pública o en bienes de dominio público o patrimoniales, se entenderá denegada.

b) Si la licencia se refiere a cualquier otro tipo de actuaciones, se entenderá otorgada por silencio administrativo. Se exceptúan de esta regla aquellos supuestos en que deba emitirse Declaración de Impacto Ambiental o Informe de Evaluación Ambiental de Actividades. En éstos casos, cuando hayan transcurrido los plazos legalmente previstos para resolver sin que se haya emitido Declaración o Informe, se deberán entender desestimadas las licencias por silencio administrativo.


2. Cuando para determinada actuación sujeta a licencia se exigiera, en un único procedimiento, y con carácter previo a la licencia, autorizaciones de Administraciones o informes preceptivos y vinculantes, el plazo para otorgar licencia y por tanto para que opere el silencio administrativo se entenderá interrumpido por el tiempo que tarde en emitirse la autorización o el informe, aplicando en cada caso los plazos máximos legalmente establecidos.


3. En ningún caso podrán adquirirse por silencio administrativo positivo, facultades en contra de las determinaciones de la ordenación urbanística o normativa ambiental aplicables.

 
L
LuSen
16/08/2005 18:56
Hola a todos!, hemos encontrado este foro por casualidad y puesto que vamos a ser vecinos hemos decidido participar en él. Hemos leído algunas de vuestras dudas y respecto a la escalera nosotros lo preguntamos y nos dijeron que es de marmol. En lo que se refiere a la firma del contrato nosotros lo reservamos en mayo y nos dijeron que se firmaba a finales de julio como muy tarde, obviamente no fue así y hace un mes o menos nos llegó una carta de dobleal que supongo que os habrán mandado al resto diciendo que ya han empezado las obras con una licencia provisional y que en septiembre tendrían la definitiva y se firmarían los contratos. La marca de la cocina es nuzzi, la puerta del garaje es electrónica, no manual. Lleva la alarma instalada pero al contrario por ejemplo que Lar, no la dan contratada con ninguna empresa. Respecto a la toma para la lavadora que no aparece en la memoria de calidades, lo preguntamos y nos dijeron que lleva tanto en la cocina como en el cuarto que hay al lado del garaje para que cada uno la ponga donde crea mas conveniente.
Esperamos haberos resuelto alguna de las dudas, un saludo y paciencia!
 
C
cyoc
22/07/2005 13:04
En la última carta de Dobleal hablan de conseguir la licencia definitiva en Septiembre..a ver si despues del Verano se pronuncia el ministerio.
Alguien sabe cuánto tiempo tiene que pasar para que obtengan autorización por silencio administrativo?

slds
 
L
lagun
05/07/2005 06:01
Supongo que firmaremos en octubre , con eso del verano..........., sobre esas fechas empezaron a firmar en la Hacienda del Duque.
 
C
cyoc
23/06/2005 08:50
Hola! Todo depende del ayuntamiento ahora, esperemos que se celebre una Junta pronto y que firmemos en Julio.
Slds
 
P
palam
22/06/2005 19:24
Hola,

mi mujer llamo hace dos semanas y nos dijeron que en 15 días llamaban para firmar. Aquí seguimos esperando y sin saber muy bien ni cuando, ni como, ni por que ...

Si seguimos así, en el 2008 con un poco de suerte ...
 

Fin del hilo
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