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faisan54
04/03/2008 14:32

‘OJO AL TIPO ESTABLE DE ING DIRECT’

No es recomendable contratar el tipo estable de ING Direct

9.263 lecturas | 6 respuestas
De todos es sabido que la función primordial de un banco es ganar dinero. Pero de ahí, a interpretar como les da la gana un contrato, media un abismo.

Soy cliente de ING Direct, cuento con varios productos, cuenta nomina, deposito garantizado, cuanta naranja y una hipoteca. Debido al incremento en el índice del Euribor y no sabiendo donde podía parar la escalada, me decido a contratar un producto anexo a la hipoteca, como es el Tipo Estable.
Al principio, pagas una cuota algo mas alta de lo que indica el Euribor , pero compensable a los 6 meses si el índice sigue subiendo.
En teoría el tipo estable es para 3 años, con una penalización del 0,30% por cancelación anticipada. Si decides cancelarlo, o una vez terminado el periodo de los 3 años, el precio de referencia para el calculo de la cuota, es lo estipulado en la escritura (Euribor + 0,49)


En el mes de Febrero y viendo que el Euribor va en descenso, decido anular el tipo estable. Cual es mi sorpresa que al recibir el importe de las próximas cuotas (a día 1 de Marzo), se me aplica el Euribor publicado en el BOE con fecha de Enero (4,79, correspondiente a Diciembre de 2007) en vez de aplicarme el publicado en Febrero (4,498 correspondiente a Enero 2008), aduciendo que, como mi revisión es semestral, tal como viene reflejado en la escritura de la hipoteca, y que como me había tocado teóricamente en Febrero, ya no lo revisarían hasta Agosto.
Puesto en contacto con los responsables de la gestión de hipotecas y con el departamento de Control de Calidad de dicho banco para quejarme, siguen en sus trece. Según ellos, las condiciones particulares del tipo estable no son validas, y rige lo que pone en la escritura. Es decir, como se firmó en Enero, ellos interpretan a piñón fijo, que las revisiones son en Febrero y en Agosto, pero no pone específicamente en esos meses, simplemente pone que se revisaran semestralmente.
Voy a reclamar al defensor del cliente del banco(que no va a valer para nada) para mas tarde dirigirme al Banco de España.

Mi consejo es que no contrateis el tipo estable, y si vais a cancelarlo que os den por escrito el tipo de interés aplicable cuando lo canceléis.
 
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Pau A
05/03/2008 20:04
Buenas tardes,

Faisan54 decias "(...) Es decir, como se firmó en Enero, ellos interpretan a piñón fijo, que las revisiones son en Febrero y en Agosto, pero no pone específicamente en esos meses, simplemente pone que se revisaran semestralmente.(...)" Por eso crei que habias fijado el interes en enero (al ver como iba diciembre...) y lo camcelaste al ver que bajaba enero y febrero aun mas.

Si las revisiones son semestrales, aun disfrutando de un interes fijo, desde la fecha de firma van pasando semestres y cada uno es una revision "virtual". Al firmar en julio como afirmas, 6 meses despues nos encontramos en enero y la publicacion de ese mes (diciembre). Lo que se ha hecho ha sido aplicarte la revision mas cercana que te correspondia y ha saltado un mes.

Belix y faisan, los intereses a plazo fijo no estan hechos para "invertir" y conseguir una ventaja entre indice e indice... mas bien son de un "minimo recorrido".

V´sss
 
belix
belix
05/03/2008 15:31
Otra cosa para paliar un poco este desaguisado.

A mi me ha tocado revisar a 1 de febrero, con lo que me han aplicado el euribor de Diciembre (el jodido). Con lo que he estado durante febrero siguiendo el tipo estable y me he pasado a éste con un 4,30.
Con lo que echando cuentas cada mes me ahorro unos 70 euros respecto a lo que me iban a cobrar estos 6 meses. con esos 70 casi cubro el volver al tipo variable dentro de 6 meses, pero para que me rente volver en agosto el euribor debería de estar en el 3,97 y bajando.... asía que..
Nota: antes de ayer estaba al 4,36
 
belix
belix
05/03/2008 15:24
Pues si lo cancelas antes de que publiquen ese mes el euribor, no lo dudes, te aplicarán el de marzo, que es el que se publica en abril.
La única duda es que en tu caso, ya se habñia publicado el de febrero:
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=indilex&id=2008/03505&txtlen=245

Con lo cual, mira a ver si en el contrato pone que se aplica el último publicado, o el publicado el mes anterior al de la revisión.
Si es esta segunda opción estás jodido:
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=indilex&id=2008/01175&txtlen=244
 
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faisan54
05/03/2008 14:24
Bien, hago la pregunta de otra forma ¿Cual creeis vosotros el tipo que me tienen que aplicar si cancelo el tipo estable en Mayo?

Las condiciones particulares del Tipo estable establece: Si se cancela el tipo estable, para realizar el calculo de la cuota se atendra a lo que marca la escritura. Solo habla del calculo,,,,,,no habla de plazos. No habla que por narices la revision es en Febrero y Agosto, solo habla que la revision se hara semestralmente. Luego como lo cancelé el 25 de Febrero, tenian que aplicarme el tipo publicado ese mes (23 de Febrero), que corresponde al Euribor del mes de Enero (4,498) y realizar la siguiente revision en el mes de Septiembre.

Cita:
Por otro lado y no te lo tomes a mal... contratar en interes fijo a 3 años y cancelarlo en un mes al ver que la ultima media y la actual bajan... me parece como minimo "actitud poco clara", cada uno es muy libre de hacer lo que cree mejor


No lo he contratado hace un mes, lo contrate en Julio, cuando despues de leer y leer nadie sabia cuando podia parar de subir el Euribor ni hasta que indice.
 
belix
belix
05/03/2008 11:46
Yo tampoco veo el error. Al contratar el tipo estable, se te aplicó al mes siguiente, por lo que es lógico que cuando lo abanones se te aplique de igual forma. El problema es que no te informaste de qué tipo te iban a aplicar, pero te hubiesen dicho "el último publicado en el boe" y si pediste el cambio en febrero, el último publicado es el que se hizo en enero, que corresponde al mes de diciembre.
Desafortunadamente para ti, has elegido el peor momento, yqe que diciembre fue el mes máximo.

Creo que el problema fue tu desinformación, lo siento
 
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Pau A
04/03/2008 15:01
Buenos dias y bienvenido,

Habria que entrar en detalle, pero por lo que cuentas contrataste en enero interes fijo y lo cancelaste en febrero. Ahora te aplican el interes en vigor del mes que firmaste la escritura o ultima revision (como es semestral aun no ha llegado).

Personalmente, no veo error (y mira que no opino sobre bancos on-line...). En todo caso deberia haberse especificado como bien dices, como quedaba el interes en caso de cancelacion anticipada del interes fijo. En su defecto, se aplica el del momento de la firma o el de la ultima revision...

Por otro lado y no te lo tomes a mal... contratar en interes fijo a 3 años y cancelarlo en un mes al ver que la ultima media y la actual bajan... me parece como minimo "actitud poco clara", cada uno es muy libre de hacer lo que cree mejor.

Saludos. V´sss
 

Fin del hilo
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