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M
mflecha
14/09/2008 17:41

Implicaciones fiscales vender piso antes de 3 años

¿Qué pasa si vendo mi piso antes de 3 años de haberlo adquirido?

2.382 lecturas | 10 respuestas
Hola a todos.

Estoy pensando en vender mi piso pero hace menos de 3 años que me lo compré. Según me comentan, esto puede tener una serie de implicaciones fiscales que desconozco. ¿Alguien me las puede explicar? Según me dicen, si demuestras que ha sido tu vivienda habutal y que no ha sido una inversión, las implicaciones pueden ser diferentes.

Muchas gracias por adelantado
Un saludo
 
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P
Pau A
20/09/2008 13:19
Buenos dias,

Ikipeyj, no te lo tomes a mal pero tu ultima afirmacion "esta vida es muy complicada" refiriendose al tema de los 3 años... Puedes imaginar por que aparece esta medida (a parte de con intereses recaudatorios, evidentemente). Si te fijas hasta lo escribes tu mismo como obtienes mas del doble al vender en dos años. Es muy respetable ojo, no me meto en eso, pero se le llama "especulacion" a pequeña escala y esa es una de las razones de nuestra situacion actual y venidera.

V´sss
 
M
mflecha
20/09/2008 12:33
Muchas gracias a todos.

Efectivamente al ser pocos meses probablemente entre que lo vendo cumpla los 3 años, pero queria estar informado por si me llegase una oferta antes. Ahora ya lo tengo todo claro. Mil gracias
 
ikipeyj
ikipeyj
18/09/2008 19:24
te puedo comentar lo que a mi me paso, compramos un piso en el año 2001 por 9 millones ptas y lo vendimos en el 03 por 21 millones. y cual fue nuestra sorpresa cuando al hacer la declaración nos dicen que por estar menos de 3 años vivienco alli, no se considera vivienda habitual, asi que hacienda nos "robó" a mi 500 euros y a mi pareja 900 euros... así que creo que es mejor esperar a que pasen esos 3 años...esta vida es muy complicada...
 
P
pausela
18/09/2008 11:18
El tema del alquiler que comentas no sería posible porque ya sabes que un contrato de alquiler te suponer que se puede renovar durante 5 años.
Yo la solución que veo si el comprador estuviera de acuerdo es poner en las escrituras una clausula de precario por la que es persona da un x tiempo al vendedor para que abandone la vivienda y si no se cumpliera el plazo el vendedor tendría que pagar al comprador x dinero por cada dia de demora en el compromiso.
De todas formas si son unos meses los que quedan para hacer los 3 años igual entre que lo vendes y tal pasa el tiempo.

Saludos
 
M
mflecha
18/09/2008 10:56
Gracias de nuevo.

En el caso de que encuentre un comprador interesado, y si le parece bien que le alquile el piso hasta que pasen los 3 años (es menos de 1 año lo que queda), ¿es posible firmar un contrato de arras con él fijando la fecha de firma de escrituras, el importe de venta del piso, y el precio del alquiler durante esos meses?

Es la única alternativa que se me ocurre.

Saludos
 
P
pausela
17/09/2008 11:48
No podeis alegar el cambio de trabajo porque la distancia es mínima, ademas creo que es en caso de cambio de comunidad autónoma.
El tema del 18% de la plusvalía de la venta también tendrás que pagarlo porque al ser menos de 3 años y no considerarse vivienda habitual, pues no puedes alegar reinversion en vivienda habitual.
De todas formas lo mejor que puedes hacer es acercarte a una oficina de hacienda y exponerle tu dudas.

Saludos
 
M
mflecha
16/09/2008 12:08
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.

Además del tema de lo desgravado hasta ahora, ¿también me quitan el 18% de la plusvalía de la venta del piso?

Respecto a lo de cambio de trabajo, mi mujer se acaba de cambiar de trabajo y donde nos queremos mudar es al barrio donde está su trabajo nuevo, pero no está muy lejos de nuestra vivienda actual (a lo mejor a unos 10km) ¿sabeis si hay algun limite en la distancia mínima o algo así para que pueda lograr la excepción?

Gracias de nuevo
 
P
pausela
16/09/2008 10:46
Buenas mflecha,

Pues el tema es que para que esa vivienda se considere como tu vivienda habitual el requisito es que hayas estado 3 años viviendo en ella.
Si la vendes antes de cumplir los 3 años pues no se considera vivienda habitual por lo que tendrás que devolvele a hacienda todo lo que te hayas o os hayais desgravado en estos años por esa vivienda, es decir, que si cada año hubiera sido 9.015€ pues serían unos 18.000€ por titular y a eso sumale los intereses que te cobrarían.
También es cierto que hay una serie de excepciones al respecto como por ejemplo el cambio de trabajo que te suponga tener que cambiar de residencia. O tambien el caso de una invalidez que te haya sobrevenido y necesites una vivienda adecuada. Pero fuera de estos casos lo tienes complicado.

Saludos
 
C
castizo
16/09/2008 08:21
Si vendes tu vivienda habitual antes de 3 a ;os el problema es que tienes que devolver a hacienda todo lo que te hayas desgravado (vivienda habitual, cuenta vivienda) en las declaraciones de la renta de los ultimos a ;os con intereses,probablemente una buena pasta.

Un saludo.
 
P
Pau A
15/09/2008 23:14
Buenas noches,

Te aconsejaran mejor que yo ya que se que existen conocimientos en el foro. Por lo que a mi compete, te dire que puedes pagar un 18% del capital no re-invertido en una nueva primera vivienda.

V´sss
 

Fin del hilo
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