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luisC
luisC
01/02/2004 12:36

BOCM 12/1/04 y Memoria de Calidades sellado FADESA

¿Cuáles son las taxonomías más importantes del Plan de Sectorización del Sector de la Montaña de Aranjuez de FADESA?

1.025 lecturas | 2 respuestas
Acabo de enviar a la zona de descarga dos documentos:

* En Primer lugar,la publicación en el BOCM nº 9 de 12 de enero de 2004 sobre el Plan de Sectorización delSector de la Montaña de Aranjuez, promovido por FADESA (está en formato PDF.

* En segundo lugar la copia sellada por FADESA de la memoria de calidades que me dieron a la firma del contrato (no sabría decir la validez legal que tiene , pero intentaré enterarme). Va en formato jpg y está escaneado un poco más pequeño para reducir el tamaño del archivo. Si tenéis problemas para leerlo, me ponéis una nota e intento ponerlo más claro.

Espero que lo pongan adecuadamente en la zona de descargas.

Un saludo
 
Q
quel
02/02/2004 22:05
Aunque el la publi ponga que las calidades o ciertas características están sujetos a cambios por motivos técnicos o comerciales, os aconsejo guardar todo lo que Fadesa os haya facilitado, incluso yo guardo las noticias publicadas en prensa, por si acaso.

Salu2.
 
luisC
luisC
02/02/2004 20:34
Acabo de desdubrir una información en la página: http://www.jccm.es/oopp/tucasa/ que pertenece a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y que puede ser muy interesante ya que además de legislación y direcciones de la CC.AA., pone mucha Nacional

Entre otras informaciones pone:

¿QUÉ DEBE SABER EL COMPRADOR CUANDO ADQUIERE UNA VIVIENDA NUEVA?

Cuando el comprador quiere comprar una vivienda a un empresario promotor, debe tener en cuenta que este último, está sujeto a unas obligaciones de información y publicidad. Toda oferta, promoción y publicidad dirigidas a la venta de viviendas tiene que ajustarse a las verdaderas características, condiciones y utilidad de la vivienda. En todo caso, deberá expresarse si se trata de una vivienda en construcción o si la edificación se ha concluido.

Las condiciones que se ofrecen al comprador por medio de la publicidad, son exigibles al vendedor, a pesar de que después no figuren en el contrato celebrado. Se trata de condiciones relacionadas con los datos de la vivienda o características de la construcción, la ubicación, servicios e instalaciones de la vivienda y condiciones de adquisición y pago de la misma.

Un saludo


 

Fin del hilo
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