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S N S
S N S
13/05/2013 11:03

APERTURA DE PISCINA TEMPORADA 2013

¿Qué documentación necesito para la apertura de la piscina?

2.312 lecturas | 4 respuestas

 

Vecinos dentro de un mes, para el 15 o 16 de Junio empieza nuestra décima temporada  de Verano disfrutando de nuestra Piscina....... Solo esperar......... que se haga bien.

Documentación necesaria para apertura anual de la piscina


Con el fin de facilitar la labor de inspección, municipal o autonómica, el titular de la piscina deberá disponer en sus instalaciones de la documentación de la apertura que a continuación se detalla:


• Contrato del socorrista y/o suplente, así como la documentación que les acredite como tales, acorde con lo dispuesto en la Orden 1319/2006, de 27 de junio, de la Consejería de Sanidad.


• Contrato del médico y/o A.T.S./D.U.E. (si corresponde).


• N.I.F. de la comunidad de vecinos, empresa, etc. (si se ha modificado o si es de nueva construcción o apertura).


• Nombre, D.N.I., dirección y teléfono del presidente, si se trata de una comunidad de vecinos.


• Número de viviendas que constituyen la comunidad de vecinos.


• Nombre completo del encargado o de la empresa de mantenimiento, teléfono y dirección de contacto.


• Contrato del teléfono. En caso de comunidades de propietarios donde no se disponga de teléfono fijo, deberá haber compromiso escrito de disponer de al menos un teléfono móvil en el recinto de la piscina.


• Relación de productos químicos (ficha de datos de seguridad) que vayan a utilizar en el tratamiento del agua durante la temporada de apertura y de los productos que se hayan utilizado en el invernaje o recuperación en el caso de que se haya sometido el agua del vaso a estos procesos.


• Análisis del agua del vaso para comprobar que los parámetros de calidad estén dentro de los límites establecidos en el anexo II del Decreto 80/1998, en el caso de que se haya sometido el agua a proceso de invernaje o recuperación.


En el LIBRO DE REGISTRO DE CONTROL SANITARIO DE PISCINA se cumplimentarán diariamente los parámetros exigidos en el Decreto 80/1998 (art. 24) entre los que destacan las anotaciones del desinfectante utilizado y pH.


Los libros deberán estar, en todo momento, a disposición de las Autoridades Sanitarias. 

Ok

Pues nada mas..........

 

Un Salu2.

 
Jose Manuel
Jose Manuel
17/05/2013 10:30

Aunque no venga al hilo del post.....a ver si se hace uso de la cancha multiusos para jugar ya que en muchas ocasiones se juega al fútbol en el césped estando ésta completamente vacía.........si se hace un esfuerzo en acondicionar la Urbanización, es por algo.

 
D
david
17/05/2013 09:45

Hace tiempo que no leía tantas verdades seguidas. Esperemos que este año si que sea definitivo.

 
S N S
S N S
14/05/2013 20:57

Buenas tardes Vecinos seguimos con el ladrillo de la nueva Temporada de Piscina 2013……. Como siempre en la Reunión…. bla bla bla bla bla bla bla si si muy bonito, y al final aquí todo el mundo va hacer lo que le salga de los huevos “”””empezando por el socorrista y terminando por el ultimo vecino””””” a que si vecinos


….. Es como si lo estuviera viendo ya…


Socorrista la Pulsera esta para que todo vecino se bañe con ella y tu sepas que pertenece a la Comunidad ahhhhhhhh ….Si…. es que yo la pido y no me hacen caso


Oye el agua de la piscina está muy turbia…. noooo
“respuesta” es problema de depuradora…….ahhhh


Oye la playa de la piscina está muy sucia y la papeleras llenas
“respuesta” no es mi trabajo ahhh


Oye en el fondo de la piscina hay…. algas, arena, conchas, estrellas de mar.
“respuesta…. Claro es que si la depuradora no va bien…. poco puedo hacer.


Medio barrio colándose y bañándose en nuestra piscina. Los vecinos invitando a 6, 7,8, amigos por domicilio…. los amigos invitados comiendo, bebiendo y fumando (fumando de todo un poco……verdaddddd)…. Dejándolo todo en el césped ( papel de plata de los bocatas, las latas, envoltorios de los helados ,apagando los cigarrillos en el césped, los niños cangándose en la piscina y los padres escaqueándose y dejando los excrementos de sus hijos flotando en el agua a que si vecinossssssssssssssssssss

 

Lo justo, en mi opinión, es que el acceso sea por miembros de las familias que residan y facilitar a cada familia un pase…… (La pulsera está bien, pero para el buen control de acceso a la Piscina, debería ser mediante un carnet con foto individual de todo aquel que resida en el domicilio) y para los que no son de la Urbanización, por ejemplo, dos carnet por domicilio de INVITACIÓN para dos personas ¡¡¡¡¡ repito dos personas…. Carnet por persona!!!! Con sello de autorización de la Urbanización La Vaguada de O´donnell.
En el caso de que el Propietario del domicilio tenga más de dos invitaciones por día, tendría que comprar un bono de baño de 20 euros…… a dos euros por baño y día.


Al socorrista se le compra un fichero para recoger todos los carnet y tenerlos ordenados por Portal y se acabaría la tontería que tenemos en esta Urbanización…


Si se cuela gente sin autorización debería ser expulsada sin más y si se resisten llamar a la policía para denunciarlos si es preciso…. esto es una Propiedad Privada…… creo que ya vale aguantar todos los años con los mismos descontroles.


Hay legislación en cada comunidad Autónoma, sobre las piscinas, y algunos ayuntamientos tienen sus ordenanzas referentes a estos temas. En las de la comunidad de Madrid, con 296 viviendas necesitamos socorrista y (un socorrista que no pase de todo y que se implique en el buen funcionamiento de la Piscina) y cuando digo que se implique me refiero a que todos los días antes de abrir la piscina………. (Limpie la zona de la playa, vacié las papeleras, que se preocupe del agua de la piscina, que pase todos los días el limpia fondos y claro está que se imponga a la hora de pedir pulseras o carnet, para que no se bañe en la piscina todo aquel que le salga de los huevos como ha pasado en estos años atrás).


Controlar el seguro que tiene que tener dicha apertura de la Piscina, que no pase como algún año pasado (ahhhh siiii un seguro……claro…… luego deprisa y corriendo).


En cuanto a los Carnet…… por cada persona que esta Empadronada en la vivienda es un acto de administración y solo se necesita para ese acuerdo la mitad mas uno. Como me he interesado y he preguntado algunos administradores de fincas…. les digo que es el mejor sistema que existe para poder controlar la asistencia de los bañistas, y que todos los propietarios (que son los que pagan todos los meses religiosamente), disfruten de su Temporada de piscina.


Con ello solucionamos el problema de los novios, hermanos, sobrinos, padres, amigos etc.….ya que si hoy tienes 4 invitados siempre habrá otro propietario que ese día no tenga ninguno, y si todos tuviesen invitados, olvídense no entraríamos en la piscina.


VECINO NO ES TU PISCINA, NO ES TU JARDIN, NO ES TU URBANIZACION…………

.
VECINO ES DE 296 PROPIETARIOS. OK


Un salu2

 
S N S
S N S
13/05/2013 12:51

REGLAMENTO INTERNO DE USO DE LA PISCINA PARA UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS


Reglamento de uso de la Piscina


Para mejor funcionamiento y disfrute de la Piscina de la comunidad,
todos los usuarios deben respetar las siguientes normas:


1.- No esta permitida a entrada a la zona de baño con ropa o calzado de calle.


2.- No esta permitido el abandonar desperdicios o basura en la Piscina, debiendo utilizarse las papeleras u otros recipientes destinados al efecto.

3.- Está prohibido el ingreso y permanencia de mascotas y animales en toda el área de la piscina, sin perjuicio de los establecido en la Ley relativa al uso en Comunidad Autónoma de Madrid, correspondiente de perros guía por personas con disfunciones visuales.


4.- No se permite los juegos de pelota en el recinto, o cualquier otra actividad que pueda resultar molesta para otros usuarios


5.- No se permite el uso de la piscina si no hay socorristas presentes. No se permite nadar de noche sin luz o cuando la piscina está cerrada.


6.- Todo usuario deberá presentar Pulsera o tarjeta de identificación de la Comunidad La Vaguada de O´donnell   al supervisor, encargado de piscina,  o socorristas de turno


7.- La entrada a la piscina se hará solamente por las áreas designadas. No se permite brincar portones cerrados o verjas para lograr acceso a la piscina.

8.-. Niños menores de 8 años (inclusive), deberán estar acompañados por sus padres o un adulto


9.- El uso de las instalaciones debe hacerse con la ropa y calzado deportivo adecuado.Se requiere uso de traje de baño.
Es obligatorio el uso de zapatillas de baño en aseos, vestuarios y playas de piscina.


10.- Se requiere una buena ducha o baño del cuerpo completo preferiblemente. El tiempo de utilización de las duchas será el estrictamente necesario.  No se permite el uso de cremas bronceadoras dentro del agua. Se prohíbe el uso de champú o gel de baño en las duchas exteriores


11.- Ingerir comidas o bebidas se limita en áreas fuera de la piscina.


12.- El uso de cigarrillos, bebidas alcohólicas, drogas o sustancias similares está prohibido así como utilizar envases de vidrio.



13.- No se permite correr en los alrededores de la piscina, áreas de duchas y servicios sanitarios.


14.- Se utilizarán solamente aquellas áreas asignadas para nado o recreación.


15.- Hacer saltos de cabeza o de zambullida está prohibido


16.- Juegos bruscos, de mano, gritería, o cualquier actividad física que atente contra la seguridad de los demás están prohibidos.


17.- No se permite traer objetos cortantes, vasos de cristal, cuchillos etc, al área de la piscina.

18.- El uso de bolas de playa o juguetes en el área de la piscina no está permitido.
.
19.-Los usuarios han de cerciorarse de las diferentes profundidades de los vasos de piscina antes de hacer uso de la misma con el fin de evitar accidentes.

20.- Deben observarse puntualmente las instrucciones del socorrista de la piscina.


21.- Se prohíbe ensuciar el agua con prácticas antihigiénicas. Está prohibido escupir, sonarse, orinar o contaminar de alguna forma el agua de la
piscina

22.- Tirar objetos tales como piedras o bolas de pelota dentro de la piscina está prohibido.


23.- No se permite el uso de la piscina por personas con heridas, las personas que porten parches o vendajes de cualquier tipo o afecciones a la piel, mucosas o vías respiratorias.


24.-No podrán ingresar a la piscina las personas que estén bajo el efecto del alcohol,drogas.


25.- No se permitirán tertulias con los socorristas durante sus periodos de vigilancia.


26- El uso de radiocasetes o cualesquiera aparatos de reproducción de sonido, deberán emplearse con un volumen que no moleste al resto de los usuarios del recinto


27.- Cada Propietario de la Comunidad, podrá acceder con un máximo de dos acompañantes no pertenecientes a la Comunidad


28.- En un lugar visible de la zona de acceso a las piscinas se expondrán las temperaturas del agua, del ambiente, el Ph del agua y la humedad relativa, así como los resultados analíticos de la última inspección higiénico-sanitaria realizada por los técnicos competentes

29.-Todo usuario estará obligado a velar por el buen estado de conservación de las instalaciones y servicios, impidiendo o denunciando todo acto que vaya en deterioro de las mismas y advirtiendo a los empleados cuando observen anomalías en las instalaciones o en el material de las mismas.


30.- Cualquier usuario que no cumpla con las reglas de uso de la Piscina tendrá que abandonar la piscina

31.- Se prohíbe el uso de aletas, colchonetas, gafas de cristal o cualquier otro elemento que pueda dañar o molestar a los usuarios.


                                              IMPORTANTE
Para acceder a esta Piscina se establece la edad mínima de 8 años, además de los siguientes requisitos:
- Saber nadar.
- Estar acompañado en el agua por una persona mayor de edad (hasta los 16 años).
- Respetar las normas de uso de la piscina

 

Haber si empezamos este año las cosas bien.

         Estas Normas se deberían poner en la entrada de la piscina bien..........pero bien puestas......... no en la puerta de la piscina en una hoja din A4 con  dos bridas de Plástico......  OK

 

Un salu2

 

Fin del hilo
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